BOP de Burgos · 17 Sep 2026 · 9 vistas
Cardeñadijo abre la baja de oficio de dos vecinos del padrón municipal
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Cardeñadijo ha resuelto iniciar expediente de baja de oficio en el padrón municipal de habitantes contra dos personas empadronadas en la localidad, al no resultar que el domicilio en el que figuran inscritas sea aquel en el que realmente habitan. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos número 177, de 17 de septiembre de 2026, dentro de la sección III de Administración Local, con la advertencia expresa de que, de verificarse la baja, esta conllevará también la baja de los afectados en el censo electoral del municipio. Los interesados disponen de un plazo de 15 días, contados a partir de la publicación del edicto, para presentar alegaciones y las pruebas que estimen oportunas.
El expediente y sus afectados
El anuncio, identificado con la referencia oficial BOPBUR-2026-03834, detalla que se tramitan en el Consistorio expedientes de bajas padronales y que, analizadas las circunstancias concurrentes en los afectados, se acordó incoar el procedimiento. La relación de personas incluidas en el expediente es la siguiente:
- José Artemo Henao Hurtado, expediente 13/2026 1.
- Antonio Cousillas Hernando, expediente 13/2026 2.
El documento está firmado en Cardeñadijo a 4 de septiembre de 2026 por la alcaldesa, María Daniela Grijalvo Preciado, y se publica trece días después en el boletín provincial.
Base legal y trámite de audiencia
La resolución se ampara en las facultades que la ley atribuye a los ayuntamientos en materia de empadronamiento y control del padrón. De forma expresa, el edicto invoca los artículos 15 y 17 de la Ley 4/1996, de 10 de enero, reguladora del Padrón municipal, así como los artículos 54.1, 55, 59, 62 y 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
En cumplimiento de los requisitos formales exigidos por el artículo 54 de dicha norma, el Ayuntamiento abre un trámite de audiencia durante el cual los afectados podrán ejercer su derecho de contradicción frente a lo comunicado. El plazo concedido es de:
- 15 días naturales, computados desde la publicación del edicto con la relación de personas afectadas.
- Durante ese periodo podrán presentarse alegaciones y cuantas pruebas se estimen pertinentes.
Consecuencias en el censo electoral
El anuncio subraya un extremo de especial relevancia para los interesados: la baja en el padrón municipal no se limita al registro estadístico y administrativo de habitantes. Si la baja de oficio llega a verificarse, arrastrará automáticamente la baja de los afectados en el censo electoral de Cardeñadijo, lo que afecta a su condición de electores en las convocatorias que se celebren en el municipio.
El procedimiento se enmarca en la práctica habitual de los ayuntamientos de la provincia para depurar inscripciones indebidas en el padrón. En el mismo boletín provincial se han publicado en semanas anteriores expedientes similares de otras localidades, como el tramitado por el Ayuntamiento de Olmedillo de Roa, que el 20 de agosto de 2026 notificó por edicto la incoación de bajas de oficio por inscripción indebida, en aquel caso con un plazo de audiencia de diez días.
Impacto para los vecinos
La publicación del edicto abre el único periodo en el que los dos empadronados señalados pueden evitar la pérdida de su inscripción padronal y, con ella, de sus derechos electorales en el municipio. La baja en el padrón condiciona además el acceso a servicios y prestaciones vinculados a la residencia efectiva, por lo que el trámite afecta directamente a la situación administrativa de los interesados. Transcurrido el plazo de 15 días sin alegaciones ni pruebas en contra, el Ayuntamiento de Cardeñadijo podrá continuar la tramitación hasta la resolución definitiva del expediente 13/2026.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Burgos, núm. 177, de 17 de septiembre de 2026, sección III. Administración Local, pág. 7 (referencia oficial: BOPBUR-2026-03834).