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BOP de Huesca · 31 Aug 2026 · 1 vistas

Capdesaso delega en Aragón la disciplina urbanística municipal

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Capdesaso aprobó por unanimidad, en Sesión Ordinaria celebrada el 7 de julio de 2026, delegar en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón el ejercicio de sus competencias en materia de disciplina urbanística. El acuerdo, firmado por el alcalde Raúl Peralta Buisán el 27 de agosto, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca número 165, de 31 de agosto de 2026, con referencia BOPH-2026-165005.

La delegación se ampara en la Disposición Adicional Decimocuarta del Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, e introducida a través del artículo 38.5 de la Ley 2/2016, de 28 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón. Esta norma habilita a los municipios con menos de cinco mil habitantes a transferir a la Comunidad Autónoma el control de la legalidad urbanística en su término.

Alcance de la delegación

Las competencias cedidas comprenden las potestades de inspección urbanística, protección de la legalidad y sancionadora respecto de los actos de transformación, construcción, edificación o usos del suelo o subsuelo sin título habilitante u orden de ejecución, o contra las condiciones señaladas en los mismos, estén en curso o ya terminados. Solo se transfieren los supuestos que puedan tipificarse como infracción urbanística grave o muy grave y que resulten incompatibles, total o parcialmente, con la ordenación urbanística vigente.

  • La actuación por delegación corresponderá al Director General competente en materia de urbanismo.
  • La resolución de los recursos administrativos se ejercerá por el Consejero competente en materia de urbanismo.
  • Las resoluciones dictadas por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Régimen económico y de efectividad

El acuerdo regula también el reparto de los efectos económicos de la delegación. Los importes derivados de la imposición de sanciones urbanísticas se imputarán a favor de la Administración delegante (el Ayuntamiento), mientras que el procedimiento de apremio de las sanciones no satisfechas en período voluntario será impulsado y tramitado por la propia Administración delegante a través de sus cauces habituales.

  • Los gastos para hacer efectivas las medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística serán de cuenta de la Administración delegante.
  • Se adoptarán los mecanismos de colaboración y cooperación interadministrativos necesarios.
  • La delegación habilitará el pleno ejercicio de las competencias mientras no se produzca su revocación y la correspondiente publicación.

Tramitación y entrada en vigor

El acuerdo fue adoptado por el Pleno municipal y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, tal y como exige la norma. La efectividad de la delegación requerirá, además, la aceptación del Gobierno de Aragón y su publicación en el Boletín Oficial de Aragón. Toda delegación entre Administraciones habilitará para el pleno ejercicio de las competencias mientras no se publique su revocación en el boletín provincial correspondiente.

La decisión de Capdesaso se enmarca en la tendencia de los pequeños municipios aragoneses de reforzar la protección de la legalidad urbanística mediante la colaboración con la Comunidad Autónoma, que dispone de mayor capacidad técnica y de medios para la inspección y sanción. Para los vecinos, supone una garantía adicional de que las actuaciones ilegales en el suelo y el subsuelo del municipio serán perseguidas con mayor eficacia.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, nº 165, 31 de agosto de 2026, Administración Local, pág. 10-11 (referencia oficial: BOPH-2026-165005).