Boletín Oficial de Cantabria · 19 Oct 2026 · 3 vistas
Cantabria reparte 349.999 euros entre 326 entidades locales menores
Por FactBox Admin

El Gobierno de Cantabria ha concedido 349.999,76 euros en subvenciones para gastos corrientes a 326 entidades locales menores, según la resolución publicada en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC núm. 200, de 19 de octubre de 2026). La Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa deniega definitivamente la ayuda a Bárago por no estar adherida al portal de transparencia ASUBIO y estima la alegación de Oreña, que sí entra en el reparto. El documento, con referencia CVE-2026-8076, lleva fecha de 13 de octubre de 2026.
La resolución, firmada en Santander por la consejera María Isabel Urrutia de Los Mozos, cierra el expediente abierto con la Orden PRE/41/2026, de 21 de abril (BOC núm. 78, de 24 de abril de 2026), que convocó en régimen de concurrencia competitiva las ayudas destinadas a financiar gastos corrientes de las entidades locales menores. Las bases reguladoras son la Orden PRE/93/2025, de 24 de septiembre, y la valoración se realizó conforme a su artículo 5 y al artículo 6 de la convocatoria.
El gasto se imputa a la aplicación presupuestaria 2026.02.12.496M.463 y la propuesta partió de la Dirección General de Administración Local, Acción Exterior y Casas de Cantabria, con informe de la Intervención Delegada y del Comité de Valoración de 8 de septiembre de 2026. El texto ocupa la sección 6, Subvenciones y Ayudas, de las páginas 52917 a 52926 del boletín.
Bárago queda fuera por no adherirse a ASUBIO
La Consejería deniega definitivamente la solicitud de Bárago (CIF P3900067D) porque no cumple la obligación formal del artículo 3.2.c) de la convocatoria: estar adherida al portal de transparencia ASUBIO con anterioridad al 18 de mayo de 2026, fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La entidad ya había quedado excluida en la propuesta de resolución provisional de 24 de julio de 2026 y no formuló alegaciones contra ella, tal como recoge el informe del Comité de Valoración de 8 de septiembre de 2026.
Oreña entra tras estimar su alegación
En sentido contrario, la resolución estima las alegaciones de Oreña (CIF P3900330F) e incluye a la junta vecinal en la propuesta de resolución definitiva, al haber acreditado estar al corriente de pagos con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Oreña había solicitado 4.000 euros, obtuvo 25 puntos de valoración y percibirá 2.062,10 euros.
326 juntas vecinales y un techo de 2.062,10 euros
El reparto alcanza a 326 entidades locales menores, con 4.330 puntos acumulados de valoración. Las cuantías individuales se mueven entre los 412,42 euros del tramo inferior y los 2.062,10 euros del máximo, y varias juntas reciben exactamente lo que pidieron cuando su solicitud era inferior al límite.
- Nestares, Ontón, Otañes y Sámano: solicitaron 60.000, 51.550, 60.000 y 60.000 euros respectivamente, y perciben 2.062,10 euros cada una.
- Oriñón: pidió 52.405,03 euros y recibe 1.649,68 euros.
- Entrambasaguas-La Lomba: solicitó 32.702 euros y obtiene 824,84 euros.
- Pie de Concha: pidió 31.160 euros y recibe 824,84 euros.
- Cerdigo: solicitó 28.776,37 euros y percibe 1.649,68 euros.
- Renedo de Pielagos: pidió 27.480,80 euros y recibe 2.062,10 euros.
- Islares: solicitó 60.000 euros y obtiene 1.649,68 euros.
- Pedreña, Iruz, Valles y Villacarriedo: pidieron 2.000 euros y reciben esa misma cantidad.
Pago único y vías de recurso
El abono se realizará de una sola vez, mediante el anticipo del 100% de la subvención y sin que se requiera garantía o aval, de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Contra la resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la consejera en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, o impugnarse directamente ante el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, según la Ley 29/1998, de 13 de julio.
La decisión afecta de lleno a los presupuestos de las juntas vecinales, que dependen de estas aportaciones para sufragar gastos corrientes, y convierte la adhesión a ASUBIO en un requisito de hecho para acceder a la línea: una entidad que no formalice ese trámite antes del cierre de la convocatoria queda excluida del reparto con independencia de su puntuación.
Fuente: Boletín Oficial de Cantabria, núm. 200, 19 de octubre de 2026, sección 6. Subvenciones y Ayudas, págs. 52917-52926 (referencia oficial: CVE-2026-8076).