Boletín Oficial de Cantabria · 01 Oct 2026 · 19 vistas
Cantabria regula por orden la selección y el cese de interinos de Justicia
Por FactBox Admin

La Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa del Gobierno de Cantabria ha aprobado la Orden PRE/140/2026, de 25 de septiembre, reguladora de la selección, formación, nombramiento y cese de los funcionarios interinos al servicio de la Administración de Justicia en Cantabria. La disposición se publica en el Boletín Oficial de Cantabria núm. 189, de 1 de octubre de 2026, en la sección 2.3 (Otros), con la referencia oficial CVE-2026-7572, y entra en vigor el día siguiente al de su publicación. La firma la consejera María Isabel Urrutia de los Mozos.
La nueva orden deroga la Orden PRE/48/2018, de 21 de agosto, y se dicta al amparo del artículo 489.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que permite nombrar funcionarios interinos por necesidades del servicio ante plazas vacantes, sustitución transitoria de titulares o acumulación de asuntos. Completan el marco el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, y el Real Decreto 817/2007, de 22 de junio, por el que se traspasaron a Cantabria las funciones y servicios en materia de medios personales para el funcionamiento de la Administración de Justicia.
La tramitación se realizó previa negociación con las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Sectorial del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en Cantabria, con informe favorable del Consejo General del Poder Judicial y de acuerdo con el Consejo de Estado. El texto consta de 29 artículos distribuidos en cinco capítulos, tres disposiciones transitorias, una derogatoria y tres finales, y su objetivo declarado es agilizar la constitución y gestión de las bolsas, garantizar la capacitación del personal y mejorar la publicidad y transparencia.
Cuerpos afectados y bolsas de trabajo
El ámbito de aplicación abarca los centros de destino gestionados por Cantabria en cuatro cuerpos:
- Médicos forenses.
- Gestión procesal y administrativa.
- Tramitación procesal y administrativa.
- Auxilio judicial.
Las bolsas de trabajo tendrán una vigencia de dos años y un número mínimo de integrantes igual al total de funcionarios de cada cuerpo en las relaciones de puestos de trabajo. En cada bolsa se reservará un cupo no inferior al 7 por ciento de los puestos para personas con discapacidad, y podrán constituirse bolsas de reserva y bolsas extraordinarias cuando no existan candidatos. Los aspirantes podrán declarar su disposición a cubrir plazas en los partidos judiciales de Castro Urdiales, Santoña, San Vicente de la Barquera y Reinosa, con preferencia sobre el resto de integrantes.
Méritos, puntuación y comisión de valoración
La orden fija un baremo detallado. La experiencia en la Administración de Justicia se valora con un máximo de 36 puntos, a razón de 0,20 puntos por mes completo en el mismo cuerpo. La superación de pruebas selectivas de los dos últimos procesos finalizados otorga 48 puntos si se aprobaron todos los ejercicios sin plaza, 30 puntos con dos o más ejercicios y 18 puntos con el primero. La titulación académica añade hasta 12 puntos por el doctorado en Derecho, 10 por licenciatura o máster de acceso profesional y 8 por el grado en Derecho, entre otros supuestos.
La valoración corresponde a una comisión compuesta por un presidente, un secretario y un número impar de vocales, designados respetando la paridad de género. Tras las listas provisionales, los interesados dispondrán de cinco días hábiles para subsanar o alegar, y las bolsas definitivas se publicarán en el Boletín Oficial de Cantabria, la sede electrónica y la intranet de Justicia.
Formación, prácticas y refuerzos
Los interinos sin al menos seis meses de servicio efectivo en Cantabria en los últimos dos años deberán realizar un curso de formación en su primera semana de trabajo, centrado en el sistema de gestión procesal VEREDA. Podrán contar con un tutor del mismo cuerpo y centro, con una tutoría de un máximo de veinte horas repartidas en dos semanas, y tendrán la consideración de interinos en prácticas durante dos meses, con calificación final de apto o no apto.
Los nombramientos de refuerzo, para cargas de trabajo extraordinarias o demoras excepcionales, tendrán una duración máxima de seis meses, prorrogable por otros seis, previa petición de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, de la Fiscalía Superior o del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cantabria. La insuficiencia de personal se considerará estructural cuando hayan transcurrido tres años desde el nombramiento de un refuerzo.
Nombramientos, llamamientos y cese
No se proveerán temporalmente puestos por ausencias inferiores a treinta días, salvo excepciones como centros con un único puesto o bajas médicas que superen ese plazo. La dirección general acusará recibo en tres días hábiles y resolverá en un máximo de cinco, con llamamiento telefónico entre las 8:00 y las 15:00 horas, hasta tres llamadas y posible SMS. El candidato deberá tomar posesión antes de las 9:00 horas del día laborable siguiente.
El cese se producirá, entre otros supuestos, por la provisión definitiva de la vacante, la expiración del plazo, el transcurso de tres años desde el nombramiento en puesto vacante, la renuncia voluntaria o la falta manifiesta de capacidad sobrevenida. El estado de las bolsas se actualizará en la sede electrónica al menos una vez al mes.
La norma ordena el acceso temporal a la Justicia cántabra en un contexto de elevado número de candidatos y criterios de valoración complejos, y busca reducir los tiempos de cobertura de vacantes en juzgados y fiscalías. Su aplicación afecta directamente a quienes aspiran a integrarse en las bolsas y a los órganos judiciales que dependen de estos nombramientos para sostener su actividad diaria.
Fuente: Boletín Oficial de Cantabria, núm. 189, de 1 de octubre de 2026, sección 2.3 (Otros), págs. 48802-48823 (referencia oficial: CVE-2026-7572).