FactBox.

Boletín Oficial de Cantabria · 16 Sep 2026 · 3 vistas

Cantabria regula becas de formación práctica para postgraduados en innovación industrial

Por FactBox Admin

Cantabria regula becas de formación práctica para postgraduados en innovación industrial

El Boletín Oficial de Cantabria número 178, de 16 de septiembre de 2026, publica la Orden IND/45/2026, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación práctica dirigidas a postgraduados en la Dirección General de Innovación, Desarrollo Tecnológico y Emprendimiento Industrial. La norma, firmada por el consejero Eduardo Arasti Barca, abre la puerta a una nueva convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para jóvenes titulados.

La orden se enmarca en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, que exige que las ayudas con cargo a créditos presupuestarios sin asignación nominativa se concedan con criterios de publicidad, libre concurrencia y objetividad. Completan el marco la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba su reglamento.

Dos campos de especialización

La formación práctica se organiza en dos grupos diferenciados según la titulación de los aspirantes:

  • Grupo I: actividades de formación en innovación y desarrollo tecnológico, emprendimiento industrial y tecnologías de la información y comunicación, dirigido a titulados en Derecho, doble Grado en Derecho y Administración y Dirección de Empresas, Economía y Administración y Dirección de Empresas.
  • Grupo II: área de difusión y comunicación de la cultura innovadora, dirigido a titulados en Marketing, Publicidad o Periodismo.

En ambos casos se exige una titulación universitaria con una duración mínima de cuatro años. Las actividades del Grupo I versarán sobre la gestión de fondos de la Unión Europea, programas de emprendimiento, estudio de cuentas justificativas de subvenciones públicas y tramitación de recursos administrativos; las del Grupo II, sobre gestión de contenidos web, redes sociales y tratamiento de datos.

Requisitos y procedimiento

Para optar a la beca, los solicitantes deben reunir una serie de condiciones, entre ellas no haber transcurrido más de tres años desde la expedición del título hasta el fin del plazo de presentación de solicitudes. Los candidatos sin nacionalidad española deberán acreditar un nivel B2 o superior de castellano mediante el DELE, certificados de las Escuelas Oficiales de Idiomas u otros documentos equivalentes.

El procedimiento se iniciará de oficio mediante convocatoria aprobada por orden del titular de la consejería, cuyo extracto se publicará en el Boletín Oficial de Cantabria. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente a esa publicación, y las solicitudes se presentarán a través del Registro Electrónico General de la Administración de Cantabria en la sede electrónica.

Valoración, cuantía y duración

La selección se realizará en dos fases: una primera de valoración de méritos, con un máximo de 20 puntos, y una segunda, opcional, de entrevista personal ante el Comité de Valoración, con hasta 5 puntos. En la primera fase se puntúan el expediente académico (hasta 10 puntos), otros estudios, cursos de formación, experiencia profesional e idiomas.

  • La beca tendrá una duración de un año, prorrogable excepcionalmente por otros 12 meses.
  • La cuantía será de 800 euros brutos mensuales, sujeta a retención del IRPF.
  • El plazo máximo para resolver será de seis meses desde la publicación del extracto de la convocatoria.
  • El disfrute de la beca no supondrá vinculación laboral ni contractual con la Administración.

La orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria. Con esta regulación, el Gobierno de Cantabria consolida un instrumento estable para captar talento joven en el ámbito de la innovación y el emprendimiento industrial, ofreciendo a los recién titulados una vía de especialización práctica en la administración regional y reforzando la cantera de profesionales en un sector estratégico para la economía cántabra.


Fuente: Boletín Oficial de Cantabria, núm. 178, 16 de septiembre de 2026, págs. 46010-46018 (referencia oficial: CVE-2026-7166, Orden IND/45/2026).