Boletín Oficial de Cantabria · 30 Sep 2026 · 20 vistas
Cantabria publica el convenio de almacenistas de coloniales para 2026-2029
Por FactBox Admin

El Boletín Oficial de Cantabria publica este miércoles 30 de septiembre de 2026, en su número 188, el Convenio Colectivo del sector del Comercio de Almacenistas de Coloniales de Cantabria para los años 2026-2029. La Dirección General de Trabajo, Economía Social y Empleo Autónomo, dependiente de la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio, ha ordenado su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos y su depósito mediante la resolución CVE-2026-7528. El texto, de 31 páginas, fija las condiciones laborales y salariales del sector mayorista de alimentación durante cuatro años.
El convenio fue suscrito el 24 de julio de 2026 por la comisión negociadora, integrada por las representaciones empresariales de la Asociación Cántabra de Comerciantes de Alimentación y la Asociación de Mayoristas de Coloniales, y por las sindicales FeSMC-UGT, Federación de Servicios de CCOO y USO. Tras la documentación de subsanación presentada el 18 de septiembre de 2026, la resolución fue firmada en Santander el 24 de septiembre de 2026 por el director general Jaime Gonzalo Alonso Rozadilla, con el código 39000275011982.
El ámbito de aplicación abarca a las empresas y personas trabajadoras con domicilio y actividad en Cantabria, o con centros de trabajo en la comunidad, cuya actividad sea el almacén de alimentación y la venta al por mayor de comestibles, bebidas y productos de limpieza e higiene. La vigencia se extiende del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2029, con denuncia automática para su revisión el 30 de septiembre de 2029. El texto reconoce prioridad aplicativa autonómica sobre cualquier convenio sectorial o acuerdo marco estatal, conforme al artículo 84 del Estatuto de los Trabajadores modificado por el RDL 2/2024, y prohíbe expresamente el “espigueo” entre normas.
Subidas salariales escalonadas hasta 2029
Los incrementos pactados sobre las tablas salariales son los siguientes:
- Ejercicio 2026: 2,5% sobre las tablas definitivas de 2025.
- Ejercicio 2027: 2% sobre las tablas de 2026.
- Ejercicio 2028: 1,25% sobre las tablas de 2027.
- Ejercicio 2029: 1,25% sobre las tablas de 2028.
Si alguna categoría se viera afectada por la subida del Salario Mínimo Interprofesional, se garantiza un 1% de diferencia, y todos los conceptos económicos se revalorizan en los mismos porcentajes. Los atrasos derivados de la firma se abonarán como máximo en los 30 días siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria. La antigüedad se retribuye con cuatrienios del 7,5% sobre el salario base, con topes del 10% a los cinco años y del 60% a partir de los veinticinco; no generan nuevos cuatrienios quienes superen los 39.000 euros brutos anuales.
Jornada, vacaciones y complemento de almacenistas
La jornada queda fijada en 39 horas semanales y 1.740 horas anuales, si bien ambas surtirán efectos desde el 1 de enero de 2027 según la disposición transitoria primera. Las vacaciones serán de 28 días laborables, con 15 días ininterrumpidos entre el 1 de mayo y el 30 de septiembre. Se crea un “Complemento de Almacenistas” de devengo anual, con implantación progresiva: 25% del importe total en 2026, 50% en 2027 y 100% en 2028 y 2029. Las horas extraordinarias se pagan con un recargo del 75% en días laborables y del 200% en domingos y festivos, con un tope de 80 horas al año.
Contratación, seguridad y derechos colectivos
Las empresas deberán mantener un 70% de trabajadores fijos en cómputo anual, y se regulan con detalle el contrato fijo discontinuo, el eventual por circunstancias de la producción y el formativo. La póliza de accidentes y enfermedad se eleva a 30.000 euros por fallecimiento, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez. En empresas de cincuenta o más personas trabajadoras se implantará un Plan LGTBI con medidas de igualdad de trato, selección y protocolo frente al acoso. Para la interpretación y vigilancia del convenio se crea una Comisión Paritaria Mixta de tres miembros por cada parte, con domicilio social en la sede de UNIPYMEC en Cantabria; los desacuerdos se someterán a la mediación de ORECLA.
El nuevo marco da estabilidad a las plantillas del sector mayorista de alimentación durante cuatro ejercicios y consolida subidas salariales moderadas pero garantizadas, además de reforzar la protección en incapacidad temporal, seguridad y derechos de representación. Para las empresas, la prioridad aplicativa del convenio autonómico y la prohibición de espigueo marcan un escenario de negociación más previsible hasta 2029.
Fuente: Boletín Oficial de Cantabria, núm. 188, 30 de septiembre de 2026, sección 7.3 Estatutos y Convenios Colectivos, págs. 48599-48629 (referencia oficial: CVE-2026-7528).