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Boletín Oficial de Cantabria · 04 Sep 2026 · 1 vistas

Cantabria publica el convenio colectivo de la Red de Desarrollo Rural 2025-2027

Por FactBox Admin

La Dirección General de Trabajo, Economía Social y Empleo Autónomo de la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio ha ordenado la inscripción, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la Asociación Red Cántabra de Desarrollo Rural para los años 2025-2027. La resolución, firmada el 28 de agosto de 2026 por el director general Jaime Gonzalo Alonso Rozadilla, se publica en el Boletín Oficial de Cantabria número 171, de 4 de septiembre de 2026, con referencia CVE-2026-6924 y código 39100722012019.

El texto fue suscrito el 9 de junio de 2026 y subsanado el 10 de julio de 2026 mediante acuerdo de la Comisión Negociadora, integrada por las personas designadas por la empresa y por los miembros del comité de empresa. El convenio se tramita conforme al artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y a los artículos 2 y 8 del Real Decreto 713/2010, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos.

Ámbito y vigencia

El convenio es de aplicación a todos los trabajadores por cuenta ajena de los centros de trabajo que la asociación posee en Cantabria, con excepción del personal de alta dirección y del personal laboral del programa “viernes”, que se rige por los pliegos del Gobierno de Cantabria y por un convenio de ámbito estatal. Su ámbito temporal comprende del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2027, con prórroga tácita anual si no media denuncia con dos meses de antelación.

La Comisión Paritaria se constituye como órgano de interpretación, vigilancia y arbitraje de las cláusulas del convenio. En representación de la empresa figuran D. Fernando Franco (presidente) y D. Juan Carlos Rubio (letrado asesor), que actúa además como secretario, con domicilio en la calle Lope de Vega 5 de Santander.

Retribuciones y jornada

Las remuneraciones se componen de un salario base de devengo mensual, dos pagas extraordinarias anuales (junio y diciembre) y complementos de antigüedad, calidad o cantidad de trabajo. El Anexo 2 del convenio fija las tablas salariales para cada categoría y año, con incrementos de aproximadamente el 4% en 2026 y el 3% en 2027. A modo de referencia:

  • Director/a Gerente: 47.184,41 € (2025), 49.071,79 € (2026) y 50.543,92 € (2027) anuales.
  • Guía, Técnico Educador/a ambiental: 21.431,79 €, 22.289,06 € y 22.957,76 € anuales.
  • Empleado/a de Limpieza: 16.319,69 €, 16.972,47 € y 17.481,66 € anuales.

Con efectos al 1 de enero de 2026 se reconoce un complemento de antigüedad por trienios de 280 € brutos anuales (20 € por mes), igual para todas las categorías. Las horas nocturnas (de 22:00 a 6:00) se retribuyen con un complemento del 15% sobre el salario ordinario, y se garantiza que ningún trabajador perciba una retribución inferior al SMI vigente.

La jornada efectiva anual se fija en un máximo de 1.575 horas para el personal de oficios, 1.540 horas para el directivo, de gestión y de administración, y 1.500 horas para el personal de atención directa. El personal disfruta de 22 días laborables de vacaciones, ampliables hasta 26 según la antigüedad.

Conciliación y resolución de conflictos

El convenio regula permisos retribuidos por matrimonio (15 días), fallecimiento de familiares (2 días, ampliables a 4 con desplazamiento), traslado de domicilio y lactancia, así como excedencias voluntarias de entre cuatro meses y cinco años. Las partes se someten con carácter previo a la mediación y conciliación del Organismo de Resolución Extrajudicial de Conflictos Laborales de Cantabria (ORECLA) para la solución de los conflictos laborales.

La publicación del convenio en el boletín oficial otorga publicidad y eficacia normativa a unas condiciones que afectan directamente a los trabajadores de la red de desarrollo rural cántabra, garantizando la seguridad jurídica de sus retribuciones, jornadas y derechos laborales durante el trienio 2025-2027.


Fuente: Boletín Oficial de Cantabria, núm. 171, 4 de septiembre de 2026, sección 7.3 Estatutos y Convenios Colectivos, pág. 43089 (referencia oficial: CVE-2026-6924).