Boletín Oficial de Cantabria · 01 Oct 2026 · 24 vistas
Cantabria actualiza los precios públicos de dependencia del ICASS con subidas retroactivas
Por FactBox Admin

El Instituto Cántabro de Servicios Sociales (ICASS) cuenta ya con nuevos precios públicos para las prestaciones y servicios destinados a personas en situación de dependencia. La Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad ha fijado las tarifas mediante la Orden ISO/14/2026, de 28 de septiembre, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) núm. 189, de 1 de octubre de 2026 (referencia CVE-2026-7612). La norma entra en vigor el mismo día de su publicación y deroga la Orden ISO/10/2025, de 5 de junio.
La orden se dicta al amparo del Decreto 33/2012, de 26 de junio, que regula los precios públicos de las prestaciones y servicios del ICASS en el Sistema Público de Servicios Sociales, y de la Ley de Cantabria 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos. La firma corresponde a la consejera Begoña Gómez del Río, a propuesta de la Directora del ICASS y previo informe favorable de la Consejería de Economía, Hacienda, Financiación Autonómica y Fondos Europeos.
La actualización responde a tres factores: el incremento de los costes salariales del sector, la revisión de los costes fijos y el encarecimiento del transporte a centro de día. La disposición adicional quinta de la Ley de Cantabria 2/2007, de 27 de marzo, de Derechos y Servicios Sociales obliga a adecuar los precios cuando se actualizan los convenios colectivos.
Salarios, SMI y cotizaciones
- El XVI Convenio Colectivo General de Centros y Servicios de atención a personas con discapacidad, firmado el 29 de noviembre de 2024, eleva las retribuciones de los grupos profesionales para 2026.
- El Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, publicado en el BOE el 19 de febrero de 2026, fija el Salario Mínimo Interprofesional en 1.221 euros al mes, con efectos desde el 1 de enero de 2026.
- El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), creado por el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, encarece la cotización hasta el 31 de diciembre de 2029.
- En el sector de la dependencia no ha habido aún modificación de las tablas del VIII Convenio marco estatal, por lo que esa parte deberá esperar a la negociación.
Los nuevos precios
El Anexo I recoge las tarifas aplicables desde el 1 de enero de 2026 y el Anexo II las vigentes desde la entrada en vigor de la orden. Entre las principales cuantías del Anexo II figuran:
- Residencia de personas mayores: 77,19 euros/día (antes 74,62).
- Unidad de psicogeriatría: 100,58 euros/día (antes 97,25).
- Centro de día de mayores sin transporte: 48,12 euros/día; con transporte, 68,12; con transporte para sillas de ruedas, 78,12.
- Residencia 24 horas para personas con discapacidad física: 89,45 euros/día (antes 87,02).
- Centro de día de discapacidad física con transporte: 103,55 euros/día; con sillas de ruedas, 113,55.
- Centro ocupacional: 44,54 euros/día (antes 43,37).
- Residencia en régimen cerrado para trastornos graves de conducta: 164,65 euros/día (antes 156,90).
- Comida a domicilio: 9,49 euros/servicio (antes 6,50).
- Ayuda a domicilio: 14,50 euros/hora, sin cambios.
- Teleasistencia: 1,05 euros/día con unidad móvil (máximo 31,50 euros/mes) y 0,68 euros/día sin unidad móvil (máximo 20,50 euros/mes).
- Prestación económica vinculada al transporte: 20,00 euros/día; 30,00 euros/día si se usan sillas de ruedas.
Retroactividad y aportación de las personas usuarias
Las subidas salariales tienen efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026, por lo que el ICASS regularizará la facturación de las plazas concertadas aplicando los precios del Anexo I hasta el día anterior a la entrada en vigor. Los incrementos de costes fijos y de transporte se aplican desde la publicación.
La disposición adicional única delega en la entidad prestadora la gestión y liquidación de la aportación de las personas usuarias. El precio público máximo por usuario se fijará mediante Resolución de la Directora del ICASS y se deducirá de la cuantía que abona el ICASS en virtud de los convenios y conciertos de reserva y ocupación de plazas.
La orden afecta directamente al bolsillo de las familias que cofinancian plazas y servicios de dependencia en Cantabria, al tiempo que busca sostener un sector intensivo en empleo. La actualización llega con carácter retroactivo en la parte salarial y con subidas notables en servicios como la comida a domicilio o el transporte adaptado.
Fuente: Boletín Oficial de Cantabria, núm. 189, de 1 de octubre de 2026, sección 4.2 Actuaciones en materia fiscal, págs. 48838-48844 (referencia oficial: CVE-2026-7612).