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Boletín Oficial de Cantabria · 16 Oct 2026 · 16 vistas

Cantabria abre alegaciones al decreto que crea el programa Cantabria Alquila

Por FactBox Admin

Cantabria abre alegaciones al decreto que crea el programa Cantabria Alquila

La Dirección General de Vivienda y Arquitectura del Gobierno de Cantabria ha abierto el trámite conjunto de audiencia e información pública del proyecto de Decreto por el que se crea y regula el Programa para el fomento del alquiler de vivienda en Cantabria, conocido como Cantabria Alquila. La resolución, con referencia oficial CVE-2026-8090, se publica en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) núm. 199, de 16 de octubre de 2026, y concede un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones o sugerencias. El texto afecta directamente a propietarios que quieran incorporar viviendas al mercado del alquiler y a los inquilinos que busquen arrendamientos estables y asequibles.

La norma se tramita al amparo del artículo 51.3 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La resolución está firmada en Santander el 14 de octubre de 2026 por el director general de Vivienda y Arquitectura, Carlos Montes García, y ordena su publicación tanto en el BOC como en el Portal de Transparencia de Cantabria.

No es el primer paso del expediente: el 23 de septiembre de 2026, el BOC extraordinario núm. 17 publicó la resolución CVE-2026-7474, que abrió la consulta pública previa sobre el mismo proyecto de Decreto. Aquel trámite sirvió para recabar la opinión de las personas y organizaciones potencialmente afectadas sobre los problemas a resolver, la necesidad y oportunidad de la norma y sus objetivos.

Diez días hábiles para alegar

El plazo de presentación de alegaciones o sugerencias es de diez días hábiles y se cuenta desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria. Las aportaciones deberán realizarse por escrito y dirigirse a la Dirección General de Vivienda y Arquitectura.

Los interesados pueden presentarlas por dos vías:

  • En los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre.
  • A través del Portal de Transparencia de Cantabria, en el cuadro habilitado al efecto y siguiendo sus instrucciones, accesible en http://participacion.cantabria.es/normativa.

El texto completo del proyecto está a disposición del público en las dependencias de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, en horario de 09:00 a 14:00 horas, en la calle Alta, nº 5, 6ª planta, de Santander, y también en el Portal de Transparencia del Gobierno de Cantabria.

Un programa para movilizar viviendas vacías

Según la exposición de motivos difundida en la consulta pública previa, el objetivo general es incrementar la oferta de vivienda destinada al alquiler habitual y permanente en Cantabria. El diagnóstico oficial apunta a que el crecimiento de la demanda de arrendamiento no ha venido acompañado de un aumento suficiente de la oferta, mientras un número significativo de viviendas permanece fuera del mercado del alquiler o se destina a otros usos residenciales.

Entre las razones que desincentivan a los propietarios, el Ejecutivo autonómico señala la incertidumbre ante el eventual impago de las rentas, los posibles daños en los inmuebles, los costes de conservación y reparación y la percepción de falta de seguridad para recuperar la vivienda en buenas condiciones al terminar el contrato. La futura regulación perseguirá, en concreto:

  • Incentivar la incorporación voluntaria al mercado del alquiler de viviendas vacías, desocupadas o fuera del arrendamiento ordinario.
  • Ofrecer a los propietarios un marco de mayor seguridad y estabilidad, con mecanismos que garanticen el cobro de las rentas y la conservación y restitución de los inmuebles.
  • Facilitar actuaciones previas de adecuación, habitabilidad, accesibilidad o mejora cuando sean necesarias.
  • Favorecer una oferta de alquiler a precios asequibles, destinada a residencia habitual y permanente, con estabilidad para los arrendatarios.

Financiación estatal del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030

La creación del programa se considera especialmente oportuna ante las posibilidades de colaboración y financiación derivadas del Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030. Ese marco contempla el fomento de la incorporación de viviendas a programas autonómicos de movilización para su alquiler como vivienda asequible o social, con participación de las comunidades autónomas y de sus entidades dependientes o vinculadas.

El nuevo marco estatal permitiría complementar los recursos propios de la Comunidad Autónoma y configurar un programa autonómico que pueda acogerse, cuando concurran los requisitos exigidos, a las líneas de financiación estatal previstas para movilizar viviendas hacia el mercado del alquiler.

El trámite abierto ahora es la última oportunidad de participación ciudadana antes de que el proyecto llegue al Consejo de Gobierno. Para los propietarios con viviendas vacías, el decreto puede traducirse en garantías frente al impago y en ayudas para poner a punto los inmuebles; para los inquilinos, en una oferta mayor y con precios más asequibles. Las alegaciones presentadas en los próximos diez días hábiles pueden modificar el contenido final de la norma.


Fuente: Boletín Oficial de Cantabria, núm. 199, de 16 de octubre de 2026, sección 7.5 (Otros anuncios), pág. 52888 (referencia oficial: CVE-2026-8090).