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Boletín Oficial de Cantabria · 03 Nov 2026 · 8 vistas

Cantabria abre a consulta pública el decreto que regulará el registro vitícola

Por FactBox Admin

Cantabria abre a consulta pública el decreto que regulará el registro vitícola

El Gobierno de Cantabria ha abierto el trámite conjunto de audiencia e información pública del proyecto de Decreto que regulará el registro vitícola y el potencial vitícola de la comunidad autónoma. La resolución la firma la Dirección General de Desarrollo Rural, dependiente de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, y se publica en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) número 211, correspondiente al martes 3 de noviembre de 2026, con la referencia oficial CVE-2026-8521. El plazo para presentar alegaciones es de 10 días hábiles y empieza a contar el día siguiente al de la publicación.

La resolución, fechada en Santander el 28 de octubre de 2026 y firmada por la directora general de Desarrollo Rural, Carmen Fernández del Río, se ampara en el artículo 51.3 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que permite acumular en un solo trámite la audiencia a los interesados y la información pública. El texto aparece en la página 56341 del boletín y ordena expresamente la publicación de la resolución tanto en el BOC como en el Portal de Transparencia de Cantabria.

Diez días hábiles para alegar

El cómputo del plazo se activa el 4 de noviembre de 2026, un día después de la publicación, y se extiende por 10 días hábiles, de modo que el cierre del trámite queda fijado, según el calendario laboral, el 17 de noviembre de 2026. Las reglas del procedimiento son las siguientes:

  • Las alegaciones o sugerencias deben realizarse por escrito.
  • Deben dirigirse a la Dirección General de Desarrollo Rural.
  • Pueden presentarse en el Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, en la calle Albert Einstein número 2, 39011 Santander.
  • También se admiten en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre.
  • Se habilita la vía telemática a través del Portal de Transparencia de Cantabria.

Dónde se consulta el texto completo

El proyecto normativo no se reproduce íntegro en el anuncio del boletín, sino que se remite a dos sedes oficiales para su lectura:

  • La sede de la Dirección General de Desarrollo Rural en la calle Albert Einstein, 2, del Parque Científico y Tecnológico de Cantabria (PCTCAN), código postal 39011, Santander.
  • El Portal de Transparencia de Cantabria (www.transparencia.cantabria.es).
  • La página de participación http://participación.cantabria.es/, donde está disponible el texto completo del proyecto.

La resolución dispone además que sea el propio BOC y el Portal de Transparencia los canales de difusión oficial del acuerdo, de manera que la ciudadanía y los operadores del sector puedan acceder a la misma información por vía presencial y electrónica.

Una norma que ordena el viñedo regional

El decreto en tramitación tiene por objeto dos instrumentos ligados a la producción de uva: el registro vitícola y el potencial vitícola de Cantabria. La resolución publicada no detalla el contenido articulado del proyecto, que debe consultarse en las direcciones indicadas, pero el trámite de audiencia e información pública es la fase previa a la aprobación definitiva por el Gobierno de Cantabria y el punto en el que los afectados pueden modificar el texto.

La norma llegará al sector en plena campaña administrativa del otoño y afecta de forma directa a los titulares de explotaciones de viñedo, a las bodegas y a las cooperativas que operan en la comunidad, que deberán inscribir y actualizar sus datos conforme al nuevo marco una vez entre en vigor.

El momento de influir en el texto

El trámite abierto el 3 de noviembre es la última ventana formal para que viticultores, bodegas y cooperativas introduzcan cambios en el articulado antes de que el decreto llegue al Consejo de Gobierno. La documentación está disponible desde el día siguiente a la publicación y las aportaciones deben llegar por escrito a la Dirección General de Desarrollo Rural; cualquier interesado que deje pasar el plazo de 10 días hábiles se quedará sin margen de alegación en esta fase.


Fuente: Boletín Oficial de Cantabria, núm. 211, de 3 de noviembre de 2026, pág. 56341 (referencia oficial: CVE-2026-8521).