Boletín Oficial de Canarias · 03 Nov 2026 · 11 vistas
Canarias desbloquea el nuevo Edificio Judicial de Puerto del Rosario en Fuerteventura
Por FactBox Admin

El Gobierno de Canarias ha desbloqueado la construcción del nuevo Edificio Judicial de Puerto del Rosario, en la isla de Fuerteventura, al resolver a favor de la Consejería de Justicia la discrepancia urbanística planteada por el Ayuntamiento de la capital majorera. La decisión se adopta mediante el Decreto 166/2026, de 26 de octubre, publicado en el Boletín Oficial de Canarias núm. 219, de 3 de noviembre de 2026 (sección III. Otras Resoluciones, págs. 39320 y siguientes). El acto legitima por sí mismo la ejecución del proyecto y pone fin a la vía administrativa.
El decreto se dicta a instancias de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y resuelve la discrepancia prevista en el artículo 334.3 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, que atribuye al Gobierno autonómico la resolución motivada cuando el Ayuntamiento manifiesta oposición fundada a un proyecto de obra pública de la Comunidad Autónoma. La norma tramitada es el “Proyecto de Implantación de Nuevo Edificio Judicial”, que contempla la construcción de la nueva sede y la adecuación de espacios exteriores e infraestructuras para su integración urbana.
El nuevo edificio se concibe como infraestructura de uso administrativo destinada a concentrar en una única ubicación los distintos órganos y servicios judiciales que hoy desarrollan su actividad en dependencias dispersas, lo que, según el texto, permitirá mejorar la coordinación, optimizar espacios y facilitar el acceso de la ciudadanía a la Administración de Justicia. El Gobierno considera que el proyecto “permitirá dotar a Fuerteventura de una infraestructura adecuada a las necesidades de la Administración de Justicia en la isla”.
Emplazamiento y antecedentes del bloqueo
La actuación se proyecta en las parcelas AD-013 (uso administrativo) y EL-010 (espacio libre), situadas entre la avenida Eustaquio Juan Santana Gil (antes avenida Juan de Bethencourt) y las calles Antonio Espinosa y Lucha Canaria, clasificadas por el Plan General de Ordenación de Puerto del Rosario como suelo urbano consolidado. La avenida Eustaquio Juan Santana Gil constituye además el tramo urbano de la carretera FV-10. El PGO vigente fue aprobado por la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias mediante acuerdos de 20 de mayo de 2015 y 6 de octubre de 2016, publicados en el BOC núm. 4, de 5 de enero de 2017.
El obstáculo surgió en el trámite de cooperación interadministrativa del artículo 19 de la Ley 4/2017. Por Decreto n.º 2026/000057, de 9 de enero, la Concejalía delegada de Obras Municipales, Urbanismo y Planeamiento del Ayuntamiento de Puerto del Rosario resolvió la “no conformidad con la legalidad urbanística” del proyecto por dos motivos:
- La edificación se implanta sobre ambas parcelas sin respetar la delimitación del espacio libre fijada por el PGO e incluye la apertura de un nuevo viario no previsto en el planeamiento.
- El artículo 5.2 de la Ordenanza Municipal de Edificación (aprobada por el Pleno el 29 de enero de 2018 y publicada en el BOP de Las Palmas núm. 41, de 4 de abril de 2018) exige que los proyectos edificatorios afecten a una sola parcela, sin que se acreditara la agrupación de las afectadas.
Ante ello, el Viceconsejero de Justicia y Seguridad solicitó al consejero de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas la propuesta al Gobierno para resolver las discrepancias y legitimar la ejecución.
Condiciones de carreteras y servidumbres aeronáuticas
La ejecución queda condicionada al cumplimiento de los informes sectoriales incorporados al expediente:
- Servicio de Carreteras del Cabildo Insular de Fuerteventura, informes de 9 de junio y 6 de octubre de 2026: las obras afectan a las zonas de protección de la FV-10, con canalizaciones a un mínimo de 40 centímetros de la rasante, arquetas enrasadas con tapa de fundición y cruces subterráneos con el doble de pasatubos, la mitad libres.
- La zanja se ejecutará por tramos de un máximo de un carril por jornada, con relleno de hormigón en masa salvo los 10 últimos centímetros, de aglomerado AC16 surf S o D en dos capas.
- Deberá comunicarse el inicio de la obra al Servicio de Carreteras con tres días hábiles de antelación y a la Jefatura Central de Tráfico, conforme al Real Decreto Legislativo 6/2015.
- Acuerdo de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), de 20 de mayo de 2026: autoriza el edificio, la grúa torre y la grúa móvil al no vulnerar las servidumbres del Aeropuerto de Fuerteventura, con la condición de no superar los valores de altura y elevación fijados.
- Informe de la Dirección General de Aviación Civil, de 16 de septiembre de 2026: favorable y condicionado a incorporar el plano de servidumbres aeronáuticas —ya incluido como plano U.04 del proyecto— y las disposiciones sobre limitaciones aeronáuticas.
Modificación del planeamiento y vía de recurso
El decreto ordena, en su parte dispositiva segunda, iniciar paralelamente el procedimiento de modificación del Plan General de Ordenación de Puerto del Rosario, con ocasión de su primera modificación sustancial, en todas las determinaciones necesarias para ejecutar el proyecto. Previamente se habían emitido informes favorables de los Servicios Técnico y Jurídico Administrativo de Planeamiento Urbanístico Oriental de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Cohesión Territorial (2 y 7 de octubre de 2026) y la propuesta del director general de ese centro directivo, de 13 de octubre.
El texto está firmado por el presidente del Gobierno de Canarias, Manuel Domínguez González —por suplencia, en su condición de vicepresidente, según el Decreto 108/2026, de 22 de octubre—, y por el consejero de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas, Manuel Miranda Medina, tras la deliberación del Ejecutivo del 26 de octubre. Contra el acto cabe recurso potestativo de reposición ante el Gobierno de Canarias en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses.
El desbloqueo despeja un proyecto largamente esperado en Fuerteventura: la isla contará con una sede judicial única que sustituye la dispersión actual de dependencias, con impacto directo en los vecinos de Puerto del Rosario y en los profesionales de la Justicia que operan en la isla. La operación queda, no obstante, sujeta a un doble condicionante, el planeamiento municipal —que deberá modificarse— y las servidumbres del aeropuerto, cuyo cumplimiento vigilarán el Cabildo y AESA.
Fuente: Boletín Oficial de Canarias, núm. 219, de 3 de noviembre de 2026, sección III. Otras Resoluciones, págs. 39320-39327 (referencia oficial: Decreto 166/2026).