FactBox.

Boletín Oficial de Canarias · 17 Sep 2026 · 7 vistas

Canarias abre el Bono Alquiler Joven 2026 con 12,8 millones

Por FactBox Admin

Canarias abre el Bono Alquiler Joven 2026 con 12,8 millones

El Instituto Canario de la Vivienda ha aprobado las bases reguladoras y la convocatoria 2026 del Bono Alquiler Joven, dotada con 12.878.000 euros y con ayudas de 250 euros mensuales para personas de hasta 35 años. La resolución, de 9 de septiembre de 2026, está firmada por la directora del organismo, María del Pino de León Hernández, y se publica en el Boletín Oficial de Canarias núm. 187, de 17 de septiembre de 2026. El plazo para presentar solicitudes es de solo 15 días hábiles.

Una prestación de 250 euros al mes durante dos años

La ayuda se regula en el Título I del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, que creó el Bono Alquiler Joven como prestación de 250 euros mensuales, hasta un total de 6.000 euros repartidos en 24 mensualidades, para facilitar la emancipación de los jóvenes. El periodo subvencionable es de dos años y arranca, con carácter general y retroactivo, en enero de 2025 para quienes ya tuvieran contrato desde esa fecha, o en el mes de efectividad del contrato si este es posterior.

La convocatoria tiene carácter estrictamente transitorio. Según el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, aprobado por el Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, el Bono Alquiler Joven desaparece como programa autónomo y es sustituido por la Ayuda al alquiler para la emancipación de las personas jóvenes. Por ese motivo el Instituto Canario de la Vivienda aprueba conjuntamente bases y convocatoria, en lugar de tramitar unas bases de vigencia indefinida.

Requisitos: hasta 35 años, rentas limitadas y alquileres de hasta 900 euros

Podrán ser beneficiarias las personas físicas mayores de edad que tengan hasta 35 años, incluida esa edad, en el momento de solicitar la ayuda. Los requisitos principales son:

  • Nacionalidad española, de un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o residencia regular en España en el caso de extranjeros no comunitarios.
  • Ser titular o estar en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento o de cesión de uso en Canarias.
  • Disponer de una fuente regular de ingresos con rentas anuales iguales o inferiores a tres veces el IPREM de 14 pagas.
  • No ser propietario o usufructuario de otra vivienda en España, salvo excepciones como separación, divorcio o discapacidad.
  • No tener parentesco en primer o segundo grado con el arrendador ni ser socio de la persona jurídica arrendadora.

La renta del alquiler no podrá superar los 900 euros mensuales, límite que baja a 450 euros en el caso de alquiler de habitación. Estos topes derivan del acuerdo alcanzado el 30 de junio de 2026 con el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana en la Comisión de Seguimiento prevista en el Real Decreto 42/2022.

Financiación estatal e insular y gestión de las Cámaras

El crédito total de 12.878.000 euros se reparte entre varias administraciones:

  • Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana: 5.300.000 euros en 2026 y 5.300.000 euros en 2027, hasta 10.600.000 euros.
  • Cabildo Insular de Lanzarote y La Graciosa: 378.000 euros en 2026, procedentes de remanentes de la convocatoria de 2025.
  • Cabildo Insular de Tenerife: 950.000 euros en 2026 y 950.000 euros en 2027, hasta 1.900.000 euros.

La Orden de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad n.º 194/2026, de 6 de agosto, contempla una línea de subvenciones para el Bono Alquiler Joven de 18.113.167,65 euros, de los que 12.878.000 corresponden a esta convocatoria. Actuará como entidad colaboradora el convenio suscrito con las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Fuerteventura, Gran Canaria, Lanzarote y La Graciosa y Santa Cruz de Tenerife.

Quince días hábiles y resolución antes de fin de año

El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto y de las bases en el Boletín Oficial de Canarias, lo que sitúa el cierre del plazo el 8 de octubre de 2026. Las solicitudes se presentan mediante formulario normalizado en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, preferentemente por vía telemática.

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de seis meses, si bien la resolución de concesión deberá dictarse antes del 31 de diciembre de 2026. El silencio administrativo tiene efecto desestimatorio. Contra la resolución cabe recurso de alzada ante la Presidencia del Instituto Canario de la Vivienda en el plazo de un mes.

Un alivio acotado en un mercado tensionado

La convocatoria llega en un contexto de fuerte tensión del mercado del alquiler. Según los datos citados en la propia resolución, la tasa de emancipación juvenil se situó en el 14,5% en el segundo semestre de 2025, el peor registro de la serie histórica, y el alquiler libre alcanzó los 1.176 euros mensuales, un 98,7% del salario de una persona joven asalariada. En Canarias, el precio medio era de 1.158 euros en la provincia de Las Palmas y 1.111 euros en la de Santa Cruz de Tenerife. Con solo 15 días hábiles de plazo y 12,8 millones disponibles, la ayuda de 250 euros mensuales se presenta como un alivio acotado para jóvenes con dificultades para emanciparse.


Fuente: Boletín Oficial de Canarias, núm. 187, de 17 de septiembre de 2026, III. Otras Resoluciones, pág. 34764 (referencia oficial: BDNS 928857).