BOP de A Coruña · 18 Aug 2026 · 9 vistas
Cambre abre 11 plazas de food trucks para el Rock in Cambre
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Cambre ha abierto oficialmente el proceso de selección de vendedores ambulantes para una de las citas de referencia del otoño cultural en la comarca. A través de la Resolución de la Alcaldía núm. 598/2026, del 13 de agosto, se aprobaron las bases que regirán la convocatoria pública para el otorgamiento de autorizaciones de venta ambulante en puestos, gastro-buses (food trucks) o vehículos-tienda similares durante el Festival Rock in Cambre 2026, que se celebrará los días 25 y 26 de septiembre en el Campo da Feira, frente a la casa consistorial. El anuncio fue publicado hoy, martes 18 de agosto, en el Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña (BOP) número 156, con el número de anuncio 2026/5401, en la sección de Administración Local.
El festival se consolida así como un evento que combina música en directo con una propuesta gastronómica variada. La convocatoria responde a la necesidad de regular la presencia de vendedores en el recinto, garantizando condiciones de igualdad entre los candidatos y cumpliendo con la normativa de comercio interior de Galicia. El régimen de concurrencia pública asegura que la selección de los 11 puestos se realice de forma transparente y no discriminatoria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 13/2010, del 17 de diciembre, de Comercio interior de Galicia.
Una convocatoria con 11 plazas y 20 días de plazo
El número de autorizaciones otorgables está limitado a 11, una cifra determinada por la disponibilidad de espacio en el Campo da Feira para instalar los puestos de venta. Cada puesto tendrá unas dimensiones de 7 por 3 metros, es decir, 21 metros cuadrados. Las autorizaciones son intransferibles y solo se concederá una por persona o entidad, aunque cada solicitante podrá presentar más de una solicitud.
- Plazo de solicitudes: 20 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación en el BOP (hasta el 7 de septiembre de 2026).
- Días de celebración: viernes 25 y sábado 26 de septiembre de 2026.
- Horario autorizado: desde las 19:00 horas hasta una hora después de la finalización de los conciertos.
- Espacio por puesto: 7 x 3 metros (21 m²).
- Lugar: Campo da Feira, frente a la casa consistorial de Cambre.
- Productos autorizados: productos de alimentación elaborados y bebidas.
Criterios de valoración y procedimiento de adjudicación
Si el número de solicitudes supera el de plazas disponibles, las autorizaciones se adjudicarán mediante concurso, con un sistema de puntuación que prioriza la trayectoria de los vendedores en el festival. Los criterios de valoración suman un máximo de 17 puntos y se reparten de la siguiente forma:
- Antigüedad en el festival (máximo 10 puntos): se valorará con 10 puntos el ejercicio de la venta ambulante en el Rock in Cambre con una antigüedad de cinco años.
- Experiencia profesional (máximo 5 puntos): 0,50 puntos por año completo de ejercicio de la actividad, acreditado mediante informe de vida laboral.
- Formación (máximo 2 puntos): 0,10 puntos por cada curso, conferencia o jornada en materia de comercio o alimentación ofrecidos por entidades públicas.
Si el número de solicitudes es inferior o igual al de plazas, las autorizaciones se otorgarán de forma directa. En caso de empate, se resolverá por sorteo público, convocado previamente a la resolución definitiva.
Requisitos para los solicitantes y condiciones de instalación
Los interesados en optar a una de las 11 plazas deberán acreditar que cumplen una serie de requisitos exigidos por la normativa:
- Estar dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y en el epígrafe correspondiente de actividades económicas de la Agencia Estatal Tributaria.
- Cumplir con los requisitos de etiquetado, aditivos, componentes y alérgenos conforme a la legislación europea, nacional y autonómica.
- Satisfacer las tasas y tributos fijados en la ordenanza municipal.
- Estar en posesión del certificado de formación en materia de manipulación de alimentos.
- Disponer de seguro de responsabilidad civil.
- En el caso de vehículos-tienda, tener permiso de circulación, revisión de ITV y seguro obligatorio.
Las instalaciones deberán respetar las condiciones de seguridad y salubridad: queda prohibido fijar estructuras al suelo, árboles o superficies de los alcorques. El suministro eléctrico, la vigilancia y la seguridad serán por cuenta de los vendedores, sin perjuicio de las competencias de la Policía Local. La tasa por la utilización del dominio público es de 0,789 euros por metro cuadrado y día, según la Ordenanza fiscal núm. 23 del Ayuntamiento de Cambre.
Normativa aplicable y normativa
La convocatoria se ampara en la legislación gallega y local en materia de comercio ambulante. La base normativa fundamental es la Ley 13/2010, del 17 de diciembre, de Comercio interior de Galicia, concretamente los artículos 70 a 78 que regulan la venta ambulante o no sedentaria. A esto se suman la Ordenanza reguladora de venta ambulante en el término municipal de Cambre (publicada en el BOP número 137 de 19 de julio de 2012, con modificaciones en 2016 y 2018) y la Ordenanza fiscal núm. 23 reguladora de la tasa por la utilización privativa del dominio público (BOP número 245 de 27 de diciembre de 2021).
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Cambre, presencialmente o a través de la sede electrónica del ayuntamiento. También es posible justificar la presentación por correo electrónico a adl@cambre.org en caso de envío por Correos. Las comunicaciones posteriores se harán por medios electrónicos.
La alcaldesa que firma la resolución es Diana Piñeiro Fernández, fechada en Cambre el 13 de agosto de 2026. El procedimiento se garantiza por los principios de libertad de acceso, publicidad y transparencia, establecidos en la ordenanza reguladora de venta ambulante del municipio.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña, número 156, 18 de agosto de 2026, Sección Administración Local, pág. 1-7 (referencia oficial: anuncio 2026/5401).