BOP de Teruel · 11 Sep 2026 · 3 vistas
Calanda aprueba la nueva tasa de piscinas e instalaciones deportivas
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Calanda ha elevado a definitiva la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por casas de baños, duchas, piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos, tras no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública. El acuerdo, adoptado por el Pleno el 21 de julio de 2026, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 11 de septiembre de 2026 (número 174, referencia Núm. 2026-2630).
La norma se dicta en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y se fundamenta en los artículos 133 de la Constitución y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. El texto íntegro de la ordenanza se hace público para general conocimiento, con tarifas diferenciadas según la modalidad de uso y la época del año.
Tres modalidades de uso y nuevas tarifas
La ordenanza distingue tres modalidades de acceso a los servicios municipales: el uso general (entrada al pabellón con acceso a la pista polideportiva e instalaciones comunes), el uso especial (que añade las piscinas municipales en verano) y el uso exclusivo de piscinas. La entrada general diaria se fija en 2,80 euros, mientras que las entradas diarias de piscina varían según temporada y día:
- Piscinas de verano: 3,00 € en días laborables y 3,50 € en festivos, sábados y domingos.
- Piscinas de invierno: 4,00 € en días laborables y 4,50 € en festivos, sábados y domingos.
- Menores de 4 años: exentos de pago.
Abonos anuales y trimestrales
Para los abonados de instalaciones deportivas sin piscina, la cuota anual individual para mayores de 18 años es de 81,90 € (22,75 € trimestrales), mientras que el abono familiar alcanza los 126,00 € anuales. Las familias numerosas y monoparentales disfrutan de una tarifa reducida de 63,00 € anuales, y los jubilados individuales mayores de 65 años abonan 37,80 € al año.
En la modalidad de uso especial con piscinas todo el año, el abono individual a partir de 18 años se fija en 144,00 € anuales, el familiar en 225,00 € y el de familia numerosa o monoparental en 180,00 €. El pago de todas las tarifas de abonado se fracciona trimestralmente, y los abonos de piscinas de verano se liquidan al retirar la autorización de entrada.
Bonificaciones y normas de gestión
La ordenanza contempla una reducción del 10% en la cuota de los abonados anuales, individuales o familiares, que abonen íntegramente durante el primer trimestre del ejercicio renunciando al fraccionamiento. También se prevén exenciones y bonificaciones para entidades con convenio de colaboración con el Ayuntamiento.
- Las nuevas altas trimestrales para el polideportivo, mayores de 18 años, generan una matrícula de 25,00 € sin derecho a devolución.
- Las entidades públicas o privadas con ánimo de lucro que organicen actos en el municipio abonarán 100,00 € mensuales por 4 horas semanales de uso exclusivo, con un incremento proporcional de 6,25 €/hora adicional.
- La condición de discapacitado se acredita con una minusvalía igual o superior al 33%, y la de parado con seis meses ininterrumpidos de desempleo.
- El abono individual jubilado se aplica a contribuyentes con pensión inferior a 800 € mensuales.
La gestión, liquidación y recaudación de la tasa corresponde al Ayuntamiento, que liquidará las cuotas trimestrales en los meses de enero, abril, julio y octubre mediante padrón. Contra el acuerdo cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses desde su publicación.
La entrada en vigor de estas tarifas afecta directamente a todos los usuarios y abonados de las instalaciones deportivas y piscinas municipales de Calanda, que deberán ajustar sus presupuestos a los nuevos importes. La publicación en el boletín oficial confiere plena eficacia a la ordenanza, que regirá mientras no se apruebe su modificación o derogación.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, número 174, 11 de septiembre de 2026, sección Administración Local (referencia oficial: Núm. 2026-2630).