BOP de Córdoba · 13 Aug 2026 · 12 vistas
Cabra abre ayudas a las AMPAs para material escolar y actividades
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Cabra ha abierto la convocatoria de subvenciones para las asociaciones de madres y padres de alumnos (AMPAs) de los centros educativos de la localidad, dotada con 7.000 euros para actividades y material didáctico del curso escolar 2026/2027. El anuncio se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 156, de 13 de agosto de 2026, con la referencia oficial BOP-A-2026-2848, y las solicitudes podrán presentarse hasta el 31 de octubre.
La convocatoria se difunde como extracto conforme a los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su texto íntegro puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, con identificador BDNS 924402. El crédito se imputa a la aplicación presupuestaria 3231-48200 del presupuesto municipal, y el abono se realizará en un pago único en el momento de la concesión.
Objeto y beneficiarios
La convocatoria tiene por objeto sufragar los gastos de actividades o de material didáctico de las asociaciones de padres y madres de alumnos de los centros educativos de Cabra, tanto públicos como concertados, durante el curso 2026/2027. Pueden resultar beneficiarias las AMPAs de:
- Escuelas infantiles.
- Colegios de infantil y primaria, públicos y concertados.
- Centros de secundaria.
- Centros de educación especial.
- Conservatorio Elemental de Música de Cabra.
Cómo y cuándo solicitar
Las solicitudes deberán presentarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cabra, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, ajustándose al modelo adjunto a la convocatoria. Deberán ir suscritas por quien ostente la representación legal de la asociación o poder suficiente, acompañando la documentación fehaciente que acredite dicha representación o apoderamiento.
- Plazo de presentación: desde el día siguiente a la publicación en el BOP hasta el 31 de octubre.
- Criterios de concesión: los establecidos en las bases reguladoras publicadas en el BOP de Córdoba nº 165, de 30 de agosto de 2021, con arreglo a criterios objetivos.
Justificación y firma
Las entidades beneficiarias deberán justificar la subvención antes del 1 de octubre de 2027 ante el órgano concedente, mediante la cuenta justificativa simplificada de la totalidad del proyecto, con las facturas, los justificantes de pago y demás documentos de valor probatorio admitidos en el tráfico mercantil. El anuncio aparece fechado en Cabra el 7 de agosto de 2026 y firmado por el alcalde accidental, Francisco Casas Marín.
Con esta línea de ayudas, el consistorio egabrense refuerza el apoyo a las familias con hijos escolarizados: las subvenciones permiten a las AMPAs financiar actividades complementarias y material didáctico sin trasladar el coste a los presupuestos familiares. El plazo abierto hasta el 31 de octubre deja margen a las asociaciones de los distintos tipos de centros para preparar sus proyectos de cara al nuevo curso.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, nº 156, de 13 de agosto de 2026, sección Administración Local, pág. 12327 (referencia oficial: BOP-A-2026-2848).