BOP de Guadalajara · 21 Oct 2026 · 1 vistas
Cabanillas del Campo abre ayudas de 30.000 euros para deportistas federados locales
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Cabanillas del Campo ha convocado ayudas por un importe total de 30.000 euros destinadas a deportistas individuales locales con licencia federativa que hayan competido en pruebas oficiales durante 2025. La convocatoria se publica mediante extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara número 201, de 21 de octubre de 2026, con el código BDNS 935784 y firma del alcalde, José García Salinas, en Cabanillas del Campo a 16 de octubre de 2026. El plazo de presentación de solicitudes es de solo diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto.
Marco normativo y presupuestario
Las bases específicas se aprueban al amparo de los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en la sede electrónica municipal y en la web del Ayuntamiento. Las ayudas se integran en el Plan Estratégico de Subvenciones del ejercicio 2026, aprobado por Decreto de Alcaldía 2026-0350, de 1 de abril, y contribuyen al objetivo estratégico de promoción y fomento del deporte.
El crédito se imputa a la aplicación presupuestaria 341.480 del presupuesto vigente de 2026, con un importe total de 30.000,00 euros. La suma de las ayudas concedidas no podrá exceder en ningún caso de esa cifra. El procedimiento se tramita en régimen de concurrencia competitiva.
Requisitos y documentación
Podrán solicitar las ayudas los deportistas que hayan desarrollado su actividad entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 y que cumplan:
- Empadronamiento en Cabanillas del Campo con al menos dos años de antigüedad, comprobado de oficio.
- Posesión de licencia federativa en vigor de cualquier modalidad reconocida oficialmente por el Consejo Superior de Deportes.
- No estar cumpliendo sanción firme por infracción grave o muy grave en materia deportiva, extremo que se acredita con certificado de la federación.
- Estar al corriente con el Ayuntamiento, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, y no incurrir en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.
La documentación exigida incluye el Anexo I (solicitud), el Anexo II (memoria y resultados), el Anexo III (memoria económica y justificantes), el Anexo IV (declaración responsable), DNI, licencia federativa de la temporada en vigor, certificado federativo de resultados y ficha de terceros con el número de cuenta. Quedan excluidos los campeonatos escolares, las competiciones amistosas, los torneos no oficiales y los open.
Baremo, cuantías y tramitación
La valoración puntúa cada participación certificada por la federación: 15 puntos por competición mundial, 10 por europea, 4 por nacional y 1 por regional, sin límite de participaciones. Los importes máximos por competición son de 4.000 euros en mundiales, 2.000 en europeos, 1.000 en nacionales y 200 en regionales, con topes parciales para gastos federativos (200 euros), inscripción, asistencia médica y de fisioterapia, alojamiento y manutención, transporte (0,16 euros por kilómetro) y acompañamiento.
El órgano instructor es un concejal delegado del área de deportes y la Comisión de Valoración estará integrada por el alcalde o concejal en quien delegue como presidente, el secretario municipal y tres vocales: un concejal del área, un funcionario y un técnico especialista. La concesión corresponde a Alcaldía. El plazo máximo para resolver es de seis meses desde la finalización del plazo de solicitudes y la notificación se hará por publicación en el tablón de la sede electrónica.
Plazos, compatibilidad y control
Las solicitudes se presentan en el Registro General del Ayuntamiento o por cualquiera de las vías previstas en la Ley 39/2015 y en la sede electrónica municipal. Los defectos pueden subsanarse en diez días. Las ayudas son compatibles con otras subvenciones de administraciones públicas o entidades privadas siempre que la suma no supere el 100 % de los gastos subvencionados, y no están exentas en el artículo 7 de la Ley 35/2006 del IRPF. El abono se realiza tras aprobar la justificación, con justificantes conservados cuatro años, y el incumplimiento da lugar al reintegro conforme al artículo 42 de la Ley General de Subvenciones.
La convocatoria pone fin a la vía administrativa: cabe recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Guadalajara en dos meses.
La convocatoria llega con el calendario muy ajustado: quienes aspiren a estas ayudas disponen de apenas dos semanas para reunir certificados federativos, facturas y justificantes de pago de una temporada completa. El respaldo municipal premia sobre todo la proyección internacional, ya que un solo campeonato del mundo puede valer hasta 4.000 euros, veinte veces más que una prueba regional, un diseño que orienta el esfuerzo hacia los deportistas con presencia en circuitos europeos y mundiales.
Fuente: BOP de Guadalajara, nº 201, 21 de octubre de 2026, sección Ayuntamientos (anuncio), pág. 1 (referencia oficial: BDNS 935784).