BOP de A Coruña · 17 Sep 2026 · 15 vistas
Cabanas abre el plazo de ayudas al estudio para el curso 2026/2027
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Cabanas ha abierto la convocatoria pública de ayudas al estudio para el curso escolar 2026/2027, dirigida a familias con estudiantes de edad igual o inferior a 23 años empadronadas en el municipio. Las bases se publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia de La Coruña (BOP) número 178, del 17 de septiembre de 2026, con el número de anuncio 2026/5994. El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria y finalizará 10 días después.
Las bases reguladoras fueron aprobadas por Resolución de Alcaldía 2026-0754, del 11 de septiembre, y el extracto se publicó de conformidad con los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La convocatoria está registrada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el identificador BDNS 929186. El anuncio va firmado por el alcalde presidente, Fernando Couce Rodríguez, con fecha de 14 de septiembre de 2026.
El objetivo declarado es hacer efectivo el principio de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación, compensando a las familias que por sus condiciones económicas tienen más dificultades para afrontar los gastos derivados de la escolarización. Las ayudas se enmarcan en una política de bienestar social para paliar los efectos de la crisis, las diferencias sociales y los riesgos de exclusión, y favorecer la integración de los niños y niñas en el sistema educativo y de las familias en el contexto formativo-laboral.
Quién puede solicitar las ayudas
- Madres, padres, personas tutoras o familias acogedoras de una o varias personas estudiantes de edad igual o inferior a 23 años.
- Tener a las personas estudiantes a cargo y estar empadronado en el Ayuntamiento de Cabanas.
- Escolarización en infantil, primaria o secundaria en alguno de los centros educativos del municipio, salvo los casos en los que no exista plaza y la inspección determine el traslado a centros de otras localidades.
- O bien cursar bachillerato, formación profesional en un centro público educativo de otros concejos próximos, universidad o centros de educación especial.
- Estar al día en el pago de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Cabanas, la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Seguridad Social y la Hacienda de la comunidad autónoma.
- Cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003 y no superar los ingresos que establece el baremo económico del artículo 8 de las bases.
Importes según el nivel educativo
- Educación Infantil: hasta 100 euros.
- Educación Primaria: hasta 125 euros.
- Educación Secundaria y Bachillerato: hasta 175 euros.
- Formación Profesional, Universidad y Centros de Educación Especial: hasta 200 euros.
La cuantía por estudiante se hace efectiva mediante ingreso bancario una vez evaluada la solicitud y justificado el gasto a través de la factura de la compra de material. Las ayudas son compatibles con cualquier otra que se pueda recibir con la misma finalidad de entidades públicas o privadas, siempre que las concurrentes no superen el coste del material escolar subvencionado.
Documentación y forma de presentación
- Instancia suscrita por la persona interesada según el modelo específico del anexo I, cumplimentada en su totalidad.
- Fotocopia del DNI de los miembros de la unidad familiar mayores de edad y fotocopia del libro de familia.
- Matrícula escolar o justificante escolar.
- Justificantes de ingresos de los miembros de la unidad familiar (última declaración de la renta de todos los miembros si no es conjunta, o certificado de datos fiscales emitido por la Agencia Tributaria).
- Copia acreditativa de discapacidad o dependencia de algún hijo de la unidad familiar.
- Declaración responsable de cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003.
- Certificado de la cuenta bancaria de la madre, padre o tutor/a de la alumna o alumno.
- Facturas acreditativas del gasto, con los conceptos suficientemente claros y descritos.
Las solicitudes y la documentación se presentan en el Registro General de la Casa del Ayuntamiento de Cabanas, de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00 horas, o a través de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 30 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las facturas deben estar expedidas a nombre de la madre, padre, persona tutora, acogedora o responsable, y el incumplimiento de las obligaciones puede resolverse con la suspensión del pago o con el reintegro de la ayuda.
Para las familias de Cabanas con hijos e hijas escolarizados, la convocatoria supone un alivio directo en el gasto de material en un contexto de curso recientemente iniciado, y refleja el esfuerzo municipal por mantener la igualdad de oportunidades educativas entre el alumnado del municipio.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Coruña, número 178, 17 de septiembre de 2026, Administración Local, pág. 1-4 (referencia oficial: 2026/5994).