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BOP de Córdoba · 23 Sep 2026 · 4 vistas

Cañete convoca ayudas de hasta 3.000 euros para vivienda de jóvenes

Por FactBox Admin

Cañete convoca ayudas de hasta 3.000 euros para vivienda de jóvenes

El Ayuntamiento de Cañete de las Torres ha convocado las ayudas a la adquisición de vivienda o solar para jóvenes de entre 18 y 40 años, con importes de hasta 3.000 euros. La convocatoria se aprobó mediante Resolución nº 2026/834, de 22 de septiembre de 2026, firmada por el alcalde Félix Romero Carrillo, y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 184, de 23 de septiembre de 2026, con la referencia oficial BOP-A-2026-3220 (Ref. Gex. 4328/2026).

Marco normativo y objetivo del programa

Las bases reguladoras vigentes proceden de la Resolución nº 2024/982, de 4 de noviembre de 2024, que ahora se modifican junto con la convocatoria del ejercicio 2026. El expediente se tramita al amparo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (artículos 22.2.c y 28.4, que permiten la concesión directa por razones de interés público, social y económico), la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, y la Ley 1/2010, de 8 de marzo, reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía. Se aplica además la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Cañete de las Torres, publicada en el BOP nº 221, de 28 de diciembre de 2005.

El consistorio justifica la medida en la dificultad de los jóvenes para acceder al mercado inmobiliario y en el descenso progresivo de población del municipio. El objetivo declarado es promover la autonomía y la emancipación juvenil y fijar domicilio en la localidad, con los consiguientes beneficios socioeconómicos para el conjunto de la comunidad.

Cuantías, beneficiarios y requisitos

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva, por orden de registro de la solicitud con documentación completa, hasta agotar el crédito disponible. Los importes previstos son:

  • 3.000 euros para vecinos empadronados con una antigüedad superior a tres años.
  • 1.500 euros para quienes se empadronen por primera vez.

Podrán ser beneficiarios los jóvenes de 18 a 40 años, ya empadronados o que se empadronen a partir de la publicación de las bases, que tengan suscrito un contrato de compraventa de vivienda o solar para su rehabilitación o construcción nueva en el término municipal. Entre los requisitos exigidos figuran:

  • Tener entre 18 y 40 años en la fecha de solicitud.
  • Figurar inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes.
  • No ser beneficiario de subvenciones de vivienda de otras convocatorias de esta u otra Administración, ni el solicitante ni los miembros de su unidad de convivencia.
  • No incurrir en las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.
  • Presentar una sola solicitud por referencia catastral.

Los beneficiarios deberán mantener su residencia en el municipio durante los tres años siguientes a la concesión. El gasto se imputa a la aplicación presupuestaria 453.10.1522, denominada “FOMENTO REHABILITACIÓN VIVIENDA”.

Plazos, presentación y justificación

El plazo de solicitudes se inicia el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. Si el crédito se agota antes, una resolución de Alcaldía dará por finalizado el plazo, que concluirá el día de su publicación. Las vías de presentación son:

  • Presencialmente, en el Registro General del Ayuntamiento, en la Plaza de España, 1.
  • Telemáticamente, en el Registro Electrónico municipal (www.cañetedelastorres.es/sede), dentro del catálogo de trámites del Programa YO CAÑETE.

La documentación exigida incluye copia del NIF o NIE, certificado de inscripción padronal histórico, nota simple del Registro de la Propiedad, certificado de titularidad bancaria y certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Junta de Andalucía, la Hacienda Local y la Seguridad Social. El plazo máximo de resolución es de tres meses desde la solicitud, y la justificación no podrá exceder de tres meses desde el otorgamiento. Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición en un mes o recurso contencioso-administrativo en dos meses.

Impacto para los jóvenes del municipio

La convocatoria ofrece a los jóvenes de Cañete de las Torres un apoyo económico directo para la compra de vivienda o solar, con un trato más favorable para quienes ya residen en el municipio. La medida se enmarca en una estrategia municipal contra la despoblación y a favor del relevo generacional, y su eficacia dependerá de la rapidez con que se presenten las solicitudes, dado que el reparto se cierra en cuanto se agote el crédito consignado.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, nº 184, de 23 de septiembre de 2026, sección VI - Administración Local, págs. 13790-13806 (referencia oficial: BOP-A-2026-3220).