Butlletí Oficial de la Província de Barcelona · 02 Sep 2026 · 2 vistas
Cànoves i Samalús aprueba definitivamente el reglamento orgánico municipal
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Cànoves i Samalús ha aprobado definitivamente el reglamento orgánico municipal (expediente 1766/2025), al no haberse presentado ninguna alegación ni sugerencia durante el periodo de exposición pública. La misma resolución da por aprobado definitivamente el reglamento de uso de los espacios y equipamientos culturales, cívicos y deportivos. El anuncio y el texto íntegro de la norma se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona del 2 de septiembre de 2026 (CVE 202610135603).
El reglamento orgánico municipal fue aprobado inicialmente por el Pleno en sesión ordinaria celebrada el 27 de noviembre de 2025. El texto se sometió a información pública durante treinta días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el boletín provincial. Transcurrido el plazo sin que se presentaran alegaciones, la aprobación inicial ha pasado a ser definitiva, y el documento queda firmado por el alcalde, Josep Cuch Codina, con fecha de 25 de agosto de 2026.
Una norma para ordenar el gobierno municipal
El nuevo reglamento, fundamentado en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y en el Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley Municipal y de Régimen Local de Cataluña, actualiza la organización y el funcionamiento de los órganos municipales. El preámbulo justifica la reforma por la necesidad de adaptar el instrumento jurídico a las modificaciones del marco legislativo y al avance de las nuevas tecnologías que facilitan la participación ciudadana.
La norma regula la estructura institucional del Ayuntamiento y el estatuto de sus miembros, e incorpora un título dedicado al gobierno abierto, con transparencia, participación y colaboración ciudadana. Entre los órganos necesarios que configura figuran:
- El Pleno Municipal.
- El Alcalde o Alcaldesa.
- La Junta de Gobierno Local.
- Las Tenencias de Alcaldía.
- La Comisión Especial de Cuentas.
- Los Grupos Políticos Municipales y las Comisiones Informativas (estas últimas solo si el municipio supera los 5.000 habitantes).
Participación, transparencia y nuevas tecnologías
El reglamento reconoce expresamente el Consell de Poble de Samalús, que se rige por su propio reglamento orgánico aprobado el 27 de marzo de 2009. También prevé la posibilidad de que el Pleno acuerde, por mayoría absoluta, la creación de la figura del síndico o síndica municipal de agravios, con las atribuciones que señala el artículo 59 del Texto Refundido de la Ley Municipal y de Régimen Local de Cataluña.
En cuanto a la modernización, la norma incorpora anexos dedicados a la asistencia telemática a las sesiones, la votación remota por medios electrónicos y el sistema de vídeo acta digital, que garantiza la grabación íntegra de las sesiones plenarias y su consulta pública. Las sesiones del Pleno serán públicas, salvo en los supuestos que afecten al derecho al honor, la intimidad o la propia imagen, y se difundirán por la página web municipal y el tablón de edictos.
Régimen económico y de dedicación de los electos
El texto también ordena el régimen de dedicación y los derechos económicos de los concejales y concejalas, con las modalidades de dedicación exclusiva y parcial, las compensaciones por asistencia a sesiones y las indemnizaciones por gastos justificados. Se establece que será el Pleno quien determine las retribuciones dentro de los límites legales, y se fija el régimen de incompatibilidades y el registro de intereses, con la obligación de los miembros de la corporación de declarar sus bienes y actividades antes de tomar posesión.
El reglamento entrará en vigor una vez aprobado definitivamente y publicado su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, cuando haya transcurrido el plazo que prevé el artículo 65.2 de la Ley 7/1985. Con esta aprobación, el municipio del Vallès Oriental se dota de un marco normativo actualizado que ordena la vida municipal y el uso de los equipamientos públicos, y que refuerza la transparencia y la participación de la ciudadanía en la gestión del consistorio.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, 2 de septiembre de 2026, pág. 1-73 (referencia oficial: CVE 202610135603, expediente 1766/2025).