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BOP de Cáceres · 18 Sep 2026 · 11 vistas

Cáceres designa el tribunal de la bolsa de profesores de música

Por FactBox Admin

Cáceres designa el tribunal de la bolsa de profesores de música

El presidente de la Diputación Provincial de Cáceres ha designado el tribunal que regirá la convocatoria para constituir una bolsa de empleo temporal de Profesores/as de Música en las especialidades de Oboe y Fagot. La resolución se firmó el 16 de septiembre de 2026 y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del viernes 18 de septiembre de 2026, número 0179, con la referencia oficial BOP-2026-4348.

La decisión se adopta por resolución de la Presidencia de la corporación provincial, que previamente avoca de forma puntual las competencias relativas a la designación de los miembros de los tribunales, tanto de selección de empleados públicos como de provisión de puestos de trabajo. El anuncio aparece en la Sección I (Administración Local) del boletín, en las páginas 21460 y 21461, y ordena su publicación en el BOP, su traslado al Pleno de la Corporación y su notificación a los diputados afectados, sin perjuicio de su eficacia desde la firma.

El tribunal se constituye para una bolsa de empleo temporal de profesorado de música, la fórmula con la que la Diputación cubre necesidades docentes en los conservatorios dependientes de la institución. La resolución lleva la firma del oficial mayor, Álvaro Casas Avilés, y está fechada en Cáceres el 17 de septiembre de 2026.

Composición del tribunal

El órgano de selección queda integrado por una presidencia, tres vocalías titulares y una secretaría, cada una con su suplente:

  • Presidencia: Antonio Luis Suárez Moreno; suplente, José Ignacio Méndez Sánchez.
  • Vocalía titular 1: Maria Victoria López Talaván; suplente, Jesús Galán Porrón.
  • Vocalía titular 2: Alberto González Puertolas; suplente, Vicente Pérez Pellicer.
  • Vocalía titular 3: Alicia Martín Terrón; suplente, Diego Carretero Menayo.
  • Secretaría titular: Rubén Rubio Polo; suplente, María José Rosado Barroso.

Abstención, recusación y competencias de la Presidencia

De conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, los miembros del tribunal deberán abstenerse de participar en el órgano de selección y podrán ser objeto de recusación en los casos y circunstancias previstos en dicha norma, en cualquier momento de la tramitación del procedimiento.

La Presidencia se reserva las facultades que le son propias en materia de régimen de competencias y será la encargada de resolver las dudas que surjan en la interpretación de la resolución.

Plazos de impugnación

La resolución pone fin a la vía administrativa, conforme al artículo 88.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Frente a ella cabe:

  • Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de dicha jurisdicción de Cáceres, en el plazo de dos meses a partir de su recepción.
  • Recurso de reposición ante la Presidencia, con carácter potestativo, en el plazo de un mes a partir de su notificación.

La designación despeja el camino para que la bolsa de empleo temporal de Profesores/as de Música en Oboe y Fagot avance hacia su constitución, un paso decisivo para los aspirantes y para los conservatorios que dependen de la Diputación Provincial de Cáceres. La publicación oficial fija además desde cuándo corre el calendario de impugnación para quienes quieran discutir la composición del órgano.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, n.º 0179, 18 de septiembre de 2026, Sección I - Administración Local, págs. 21460-21461 (referencia oficial: BOP-2026-4348).