Boletín Oficial de Castilla y León · 15 Oct 2026 · 11 vistas
Burgos anula la modificación del PGOU sobre usos en parcelas dotacionales
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Burgos ha acordado ejecutar la sentencia n.º 251/2025, de 2 de diciembre, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León —sección 1ª, sede de Burgos—, que declara no conforme a derecho y anula la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Burgos relativa a la compatibilidad de usos en parcelas dotacionales. El acuerdo plenario, adoptado el 18 de septiembre de 2026, se publica en el Boletín Oficial de Castilla y León núm. 200, de 15 de octubre de 2026, sección III (Administración Local), págs. 154-156, con referencia oficial BOCYL-D-15102026-200-35.
El origen del conflicto se remonta al acuerdo del Pleno municipal de 17 de enero de 2025, que aprobó de manera definitiva la modificación puntual del PGOU, tramitada en el expediente 2/2024 MOD-PGOU a iniciativa del propio Ayuntamiento de Burgos. Aquel acuerdo se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos n.º 24, de 5 de febrero de 2025, y en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 26, de 7 de febrero de 2025.
El recurso del Grupo Municipal Socialista
El 14 de febrero de 2025, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Burgos interpuso recurso contencioso-administrativo contra la citada aprobación definitiva, que se registró con el número 24/2025. La representación procesal correspondió a la procuradora Blanca Luisa Carpintero Santamaría, con la defensa del letrado Feliz Cantabrana Bartolomé.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Castilla y León dictó sentencia el 2 de diciembre de 2025 con el siguiente fallo: estimar el recurso y declarar que el acuerdo impugnado no es conforme a derecho, procediendo a su anulación, sin imposición expresa de las costas procesales a ninguna de las partes. La sentencia quedó firme mediante Decreto de 11 de febrero de 2026, con comunicación a la Administración demandada, devolución del expediente administrativo y requerimiento para llevarla a puro y debido efecto.
Ejecución material en el expediente 15/2018 PLA-FOM
El cumplimiento material de la ejecución se lleva a cabo en el expediente 15/2018 PLA-FOM, relativo a la «Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Burgos», promovida por el Ayuntamiento de Burgos, con el fin de eliminar los cambios que introdujo el acuerdo anulado. Los documentos que integran la operación son:
- Documento presentado en el Ayuntamiento el 1 de diciembre de 2025, con registro REG 2025096735.
- Documento presentado el 11 de diciembre de 2025, con registro REG 2025099384, que corrige parcialmente el anterior.
Ambos documentos, debidamente integrados, fueron objeto de acuerdo de aprobación provisional por el Pleno en sesión de 20 de marzo y remitidos a la Junta de Castilla y León el 14 de mayo de 2026 para su aprobación definitiva.
Competencia del Pleno y vía de recurso
La competencia para ejecutar el fallo corresponde al Pleno del Ayuntamiento de Burgos, conforme al artículo 123.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el acuerdo debe adoptarse por mayoría absoluta, dado que fue el Pleno quien aprobó definitivamente la modificación anulada. El acuerdo se publicará en la página web del Ayuntamiento, en el Boletín Oficial de Castilla y León y en el Boletín Oficial de la Provincia.
Contra el acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos, en aplicación del artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El documento está firmado en Burgos el 9 de octubre de 2026 por el gerente municipal de Urbanismo, Infraestructuras y Vivienda, Fernando Inés Gallo.
La anulación devuelve el planeamiento urbanístico de Burgos al estado previo a la modificación de enero de 2025, lo que afecta directamente a los propietarios de las parcelas dotacionales cuyos usos compatibles habían quedado ampliados. La ejecución, aún pendiente de la aprobación definitiva de la Junta de Castilla y León, deja en suspenso la aplicación de esos cambios y abre un plazo de dos meses para impugnar el acuerdo ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Fuente: Boletín Oficial de Castilla y León, núm. 200, de 15 de octubre de 2026, III. Administración Local, págs. 154-156 (referencia oficial: BOCYL-D-15102026-200-35).