BOP de Córdoba · 31 Aug 2026 · 1 vistas
Bujalance abre cuatro líneas de ayudas a Pymes y autónomos
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Bujalance ha abierto la convocatoria 2026 de subvenciones en materia de empleo y desarrollo empresarial, identificada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el número BDNS 926551. El extracto de la convocatoria, firmado por la alcaldesa Elena Alba Castro el 26 de agosto, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 168, de 31 de agosto de 2026, con la referencia BOP-A-2026-2994.
La convocatoria se tramita en régimen de concurrencia competitiva y tiene como objetivo facilitar, estimular y apoyar el emprendimiento, la generación de empleo estable y la consolidación empresarial en el término municipal. Se rige por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y por el Texto refundido del Reglamento de bases reguladoras, publicado en el BOP de Córdoba número 154, de 9 de agosto de 2024.
Cuatro líneas de incentivos
El programa articula las ayudas en cuatro líneas diferenciadas, dirigidas a Pymes según la definición de la Unión Europea recogida en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014:
- Línea 1: incentivos al inicio de actividad mediante la creación de trabajo autónomo y Pymes, para nuevas empresas dadas de alta en 2026.
- Línea 2: fomento del desarrollo económico a través de la generación de empleo estable, con contrataciones indefinidas por cuenta ajena.
- Línea 3: consolidación del trabajo autónomo y Pymes mediante apoyo a la inversión en actividades productivas, asociacionismo empresarial y promoción comercial.
- Línea 4: incentivos para el alquiler de locales comerciales en el casco urbano de Bujalance para el establecimiento de negocios.
Requisitos de los beneficiarios
Podrán ser beneficiarias las empresas con condición de Pymes cuyo domicilio fiscal se localice en Bujalance, dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en un colegio profesional con mutualidad alternativa, o bien constituidas como sociedad mercantil. En el caso de las sociedades, la condición de beneficiaria corresponde a la sociedad, no a los socios individualmente.
Para la Línea 2, se exige que los trabajadores contratados estén empadronados en la localidad, ya sea el empleador con domicilio fiscal en Bujalance o fuera de ella, siempre que la contratación se realice para centros de trabajo radicados en el municipio. En la Línea 3, la Pyme consolidada debe haber ejercido su actividad de forma ininterrumpida durante al menos 18 meses desde su último alta efectiva.
Gastos y plazos
Los gastos subvencionables son los comprendidos entre el 1 de enero de 2026 y la fecha de la solicitud. Al tratarse de líneas del Capítulo 4 “Transferencias corrientes”, no es posible subvencionar gastos de inversión inventariables como equipos informáticos, maquinaria o elementos de transporte. En la Línea 4, el arrendamiento debe tener una duración mínima de 6 meses ininterrumpidos y su fecha de inicio debe corresponder al año de la solicitud.
Las bases reguladoras completas se mantienen publicadas en el Tablón Edictal de Anuncios del Ayuntamiento de Bujalance, y el texto íntegro de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
La convocatoria supone una oportunidad directa para emprendedores y empresas locales que busquen financiación municipal para crear empleo, consolidar su actividad o instalarse en el casco urbano de Bujalance, en un contexto en el que el apoyo público al tejido productivo local resulta clave para fijar población y actividad económica en el municipio.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, nº 168, 31 de agosto de 2026, sección VI - Administración Local, pág. 12754 (referencia oficial: BOP-A-2026-2994).