EUR-Lex · 12 Oct 2026 · 14 vistas
Bruselas inicia la revisión de caducidad de los derechos antidumping sobre el alambrón chino
Por FactBox Admin

La Comisión Europea ha iniciado una revisión de caducidad de los derechos antidumping definitivos sobre el alambrón originario de la República Popular China, tras una solicitud de la Asociación Europea del Acero (EUROFER). El aviso de iniciación se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el 12 de octubre de 2026 bajo la referencia C/2026/5244. La revisión determinará si las medidas en vigor deben derogarse o mantenerse en virtud del artículo 11(2) del Reglamento (UE) 2016/1036, el reglamento básico antidumping de la UE.
La solicitud fue presentada el 30 de junio de 2026 por EUROFER en nombre de la industria de la Unión de alambrón, después de que la Comisión publicara un aviso de caducidad inminente de las medidas (DO C, C/2026/532, 27.1.2026). Los derechos actualmente en vigor fueron impuestos por el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1805 de la Comisión de 12 de octubre de 2021, adoptado a su vez tras una revisión de caducidad anterior. El solicitante sostiene que permitir que las medidas caduquen probablemente resultaría en una recurrencia del dumping y una recurrencia del daño para los productores de la UE.
EUROFER también afirma que los precios y costes internos en China no pueden utilizarse debido a las distorsiones significativas en el sector del acero, en el sentido del artículo 2(6a) del Reglamento básico. Se apoya en el informe de la Comisión sobre las distorsiones significativas en la economía china del 10 de abril de 2024 (SWD(2024) 91 final), el plan de Ajuste y Modernización de la Industria del Acero para 2016-2020, el Plan de Trabajo para Estabilizar el Crecimiento en la Industria del Acero (2025-2026), la Decisión n.º 40 del Consejo de Estado, el Steel Outlook 2026 de la OCDE y el 15.º Plan Quinquenal aprobado en marzo de 2026. La alegación de dumping compara un valor normal reconstruido basado en costes no distorsionados en un país representativo, Perú, con los precios de exportación chinos a terceros países, dada la actual ausencia de volúmenes significativos de importación hacia la Unión.
Qué examinará la revisión
La investigación sobre la continuación o recurrencia del dumping abarca el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026, mientras que el examen de las tendencias del daño abarca desde el 1 de enero de 2023 hasta el final de dicho periodo. Tras consultar al Comité establecido por el artículo 15(1) del Reglamento básico, la Comisión concluyó que existen pruebas suficientes de la probabilidad de dumping y daño para justificar la iniciación. EUROFER señala la capacidad de producción no utilizada en China y sostiene que la eliminación del daño hasta ahora se ha debido principalmente a las medidas en vigor.
Las conclusiones de esta revisión de caducidad no modificarán las medidas existentes; conducirán a que dichas medidas sean derogadas o mantenidas en virtud del artículo 11(6) del Reglamento básico. Cualquier parte que desee modificar el nivel de los derechos deberá solicitar una revisión independiente en virtud del artículo 11(3).
Alcance del producto y derechos existentes
- Barras y alambrones, laminados en caliente, en bobinas enrolladas irregularmente, de hierro, acero sin alear o acero aleado distinto del acero inoxidable.
- Códigos NC: 7213 10 00, 7213 20 00, 7213 91 10, 7213 91 20, 7213 91 41, 7213 91 49, 7213 91 70, 7213 91 90, 7213 99 10, 7213 99 90, 7227 10 00, 7227 20 00, 7227 90 10, 7227 90 50 y 7227 90 95.
- Medida vigente: un derecho antidumping definitivo impuesto por el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1805 de la Comisión.
Plazos y forma de participación
- 7 días a partir de la publicación: los productores de China y los importadores no vinculados deben darse a conocer para el muestreo; comentarios sobre la muestra provisional de productores de la Unión.
- 15 días: solicitudes de audiencia sobre la iniciación; propuestas de país representativo; información sobre las materias primas y la energía utilizadas.
- 37 días: comentarios sobre la solicitud y la iniciación; presentaciones sobre el interés de la Unión.
- 65 días: información fáctica de fuentes públicas para establecer costes y precios.
- 30 días a partir de la notificación: cuestionarios cumplimentados de los productores, importadores y productores de la Unión seleccionados en la muestra.
- 3 días a partir de la notificación: comentarios sobre la selección de la muestra.
La investigación deberá concluirse normalmente en un plazo de 12 meses y, en cualquier caso, a más tardar 15 meses después de la publicación del aviso.
El resultado tiene un impacto que va mucho más allá de las acerías: el alambrón abastece a las cadenas de suministro de la construcción, la automoción y la ingeniería en toda la Unión. Si se derogan los derechos, los importadores y los usuarios finales podrían acceder a material más barato, mientras que los productores de la UE advierten de un nuevo aumento de las importaciones chinas; si se mantienen, los derechos actuales seguirán en vigor.
Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea, C/2026/5244, 12 de octubre de 2026, avisos (referencia oficial: C/2026/5244).