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EUR-Lex · 25 Sep 2026 · 9 vistas

Bruselas impone derechos antidumping definitivos a las importaciones de proteína de guisante china

Por FactBox Admin

Brussels imposes definitive anti-dumping duties on Chinese pea protein imports

La Comisión Europea ha impuesto derechos antidumping definitivos de entre el 40,5 % y el 67,1 % sobre las importaciones de proteína de guisante de alto contenido proteico originarias de la República Popular China, y ha recaudado definitivamente los derechos provisionales ya garantizados. La medida se establece en el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/2101 de la Comisión, de 24 de septiembre de 2026, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 25 de septiembre de 2026 (CELEX: L_202602101).

El reglamento cierra una investigación abierta el 29 de agosto de 2025 tras una denuncia presentada el 15 de julio de 2025 por la Coalición Ad Hoc de Productores de Proteína de Guisante de la Unión. Las importaciones quedaron sujetas a registro mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2144 de la Comisión, de 21 de octubre de 2025, y se impusieron derechos antidumping provisionales mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/916 de la Comisión, de 27 de abril de 2026. La base jurídica es el artículo 9(4) del Reglamento (UE) 2016/1036, el Reglamento básico antidumping; el número de expediente es AD737.

Tipos de derechos y alcance del producto

Los derechos cubren la proteína de guisante de alto contenido proteico que contenga más del 65 % de proteína en base a peso seco, abarcando todos los tipos de proteína de guisante derivados de guisantes —incluidos los guisantes amarillos y los guisantes verdes— en forma sólida o líquida, estén texturizados o no.

  • Sanjia Group (Jiujiang Tiantai Food Co., Ltd. y Yantai Oriental Protein Tech Co., Ltd): 40,5 %
  • Yantai Shuangta Food Co. Ltd.: 67,1 %
  • Otras empresas cooperadoras enumeradas en el Anexo: 40,5 %
  • Todas las demás importaciones originarias de China: 67,1 %

Otros nueve productores cooperadores no muestreados, entre ellos Anhui Wanshen Biotechnology Co., Ltd., el Jianyuan Group, Linyi Yuwang Vegetable Protein Co., Ltd. y Shandong Hua-Thai Foodproducts Co., Ltd., reciben el tipo del 40,5 % bajo los códigos adicionales TARIC establecidos en el Anexo. Los tipos individuales se aplican únicamente cuando una factura comercial válida contenga la declaración prescrita en el artículo 1(3).

Daño, dumping y la regla del derecho menor

La Comisión estableció márgenes de dumping del 40,5 % para el Sanjia Group y del 67,1 % para el Shuangta Group, frente a márgenes de daño del 81,9 % y 130,8 % respectivamente. Debido a que los márgenes de daño superan los márgenes de dumping, los derechos se limitaron al nivel de dumping en virtud del artículo 9(4) del Reglamento básico.

La investigación encontró un margen de subvaloración del precio medio ponderado superior al 35 %. El consumo de la Unión aumentó un 27 % durante el periodo considerado, mientras que la cuota de mercado de la industria de la Unión cayó del 59 % en 2022 al 56 % en el periodo de investigación; las importaciones procedentes de China crecieron un 77 % entre 2022 y 2024, y la cuota de mercado de China aumentó del 30,5 % al 48,3 % entre 2022 y 2023.

Derechos provisionales recaudados, sin recaudación retroactiva

El artículo 2 del reglamento dispone que las cantidades garantizadas en virtud del reglamento provisional se recaudan definitivamente, liberándose cualquier exceso sobre los tipos definitivos.

La Comisión rechazó la recaudación retroactiva. Los volúmenes medios mensuales de importación fueron de 954 toneladas durante el periodo de investigación (del 1 de julio de 2024 al 30 de junio de 2025), 826 toneladas entre septiembre de 2025 y marzo de 2026, y 795 toneladas entre septiembre de 2025 y abril de 2026, lo que demostró que no hubo un aumento sustancial adicional de las importaciones.

Reacciones e interés de la Unión

  • La Federación Francesa de Productores de Oleaginosas y Proteicas (FOP) se registró el 2 de julio de 2026 y apoyó los derechos, citando la presión a la baja sobre los precios de los cultivos y la reducción de la rentabilidad de los agricultores.
  • La Cámara de Comercio de China para la Importación y Exportación de Alimentos, Productos Naturales y Subproductos Animales (CFNA) se opuso a las medidas, argumentando que aumentarían los costes en toda la cadena de valor downstream.
  • Huel GmbH, un usuario, informó que la proteína de guisante representaba entre el 1 y el 4 % del coste de producción de los productos afectados.
  • KremsChem Austria GmbH solicitó una exención para los aislados de proteína de guisante utilizados en la investigación industrial y la producción de resinas de base biológica; la Comisión desestimó la solicitud por considerarla infundada y presentada fuera de los plazos legales.

El reglamento entra en vigor el 26 de septiembre de 2026, el día siguiente al de su publicación. Protege a los productores de proteína de guisante de la Unión frente a una pérdida de cuota de mercado que pasó del 59 % al 56 % durante el periodo considerado, al tiempo que aumenta los costes de los insumos para los importadores y usuarios de un ingrediente upstream ampliamente comercializado.


Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea, serie L, n.º 2026/2101, 25 de septiembre de 2026, legislación, p. 1 (referencia oficial: CELEX: L_202602101).