EUR-Lex · 24 Sep 2026 · 8 vistas
Bruselas añade pruebas de durabilidad de baterías y de emisiones de frenos a las homologaciones de vehículos de la UE
Por FactBox Admin

La Comisión Europea ha añadido la durabilidad de la batería del vehículo, las emisiones de partículas de los frenos, la potencia del sistema de vehículos electrificados y la autonomía eléctrica a baja temperatura a la lista de requisitos que los vehículos deben cumplir para obtener la homologación de tipo de vehículo completo de la UE. El cambio se encuentra contenido en el Reglamento Delegado (UE) 2026/1753 de la Comisión de 13 de julio de 2026, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, serie L, del 24 de septiembre de 2026. Entra en vigor el 25 de septiembre de 2026, el día siguiente de su publicación, y es obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en todos los Estados miembros.
Qué cambia el acto delegado
El acto modifica el Anexo II del Reglamento (UE) 2018/858 relativo a la homologación y vigilancia del mercado de los vehículos de motor, y fue adoptado en virtud de los artículos 5(3), 41(5) y 57(2) de dicho reglamento. Inserta cuatro nuevos elementos —GA19 a GA22— en la tabla de actos reglamentarios para la homologación de tipo de vehículo completo de la UE de vehículos producidos en series ilimitadas, y los refleja en los apéndices que cubren los vehículos especiales.
Las nuevas entradas se aplican a los vehículos de las categorías M1 y N1 y a los vehículos “Euro 7ext”, y se basan en el marco Euro 7 del Reglamento (UE) 2024/1257. Según los considerandos, el objetivo es garantizar que se cumplan los requisitos técnicos sobre las pruebas de laboratorio de autonomía a baja temperatura, la potencia del sistema electrificado, la durabilidad de la batería y las emisiones de partículas de los frenos, y que los tipos de vehículos obtengan, en consecuencia, la homologación de tipo de vehículo completo de la UE. El reglamento fue firmado en Bruselas el 13 de julio de 2026 por la presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen.
Los cuatro nuevos elementos de homologación
- GA19 — Prueba de laboratorio de autonomía de vehículos eléctricos (EV) a baja temperatura, según el Reglamento (UE) 2024/1257 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1706.
- GA20 — Determinación de la potencia del sistema de vehículos electrificados, según los mismos dos actos.
- GA21 — Durabilidad de la batería del vehículo, según el Reglamento (UE) 2024/1257 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1706.
- GA22 — Emisiones de partículas de los frenos, según el Reglamento (UE) 2024/1257 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1762 de 13 de julio de 2026.
Normas de la ONU aceptadas como equivalentes
La Parte II del Anexo II, que enumera los Reglamentos de la ONU reconocidos como equivalentes para la homologación de tipo de la UE, se actualiza para incluir los Reglamentos ONU n.º 83, 154, 177 y 179, con las series de enmiendas 09, 04, 00 y 00 respectivamente. La tabla también cita el Reglamento ONU n.º 85 (serie 00), el n.º 168 (serie 01) y el n.º 180 (serie 00). Una combinación de los certificados de homologación de tipo de la ONU pertinentes se considera equivalente al estándar de emisiones “Euro 7A”, es decir, un certificado emitido en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1706 junto con uno emitido en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1764.
Vehículos especiales y seguimiento de vehículos pesados
Para los vehículos de uso especial, la autoridad de homologación podrá conceder exenciones de los requisitos de durabilidad de la batería y de partículas de freno únicamente cuando el fabricante demuestre que el vehículo no puede cumplirlos debido a su finalidad especial; las exenciones concedidas deberán describirse en el certificado de homologación del tipo de vehículo y en el certificado de conformidad. Un elemento adicional, G3c, añade dispositivos a bordo para supervisar el consumo de combustible y de energía eléctrica y determinar la masa total del vehículo en virtud del Reglamento (CE) n.º 595/2009 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2161, ampliando la lista a los vehículos pesados Euro VI.
Para los fabricantes que vendan turismos y furgonetas en la UE, los cuatro nuevos elementos pasan a formar parte del expediente de homologación en lugar de ser pruebas opcionales, por lo que la degradación de la batería, la autonomía en clima frío, la potencia del sistema y el desgaste de los frenos deben medirse y certificarse antes de que un tipo pueda comercializarse. El acto delegado también incorpora los Reglamentos de la ONU aceptados como equivalentes en la lista de la UE, proporcionando a las autoridades de homologación y a la industria una referencia única para las homologaciones de vehículos ligeros Euro 7.
Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea, serie L, 24.9.2026, 2026/1753 (referencia oficial: CELEX L_20261753).