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BOP de Ciudad Real · 07 Oct 2026 · 16 vistas

Bolaños de Calatrava abre subvenciones para sus cofradías y hermandades de Pasión

Por FactBox Admin

Bolaños de Calatrava abre subvenciones para sus cofradías y hermandades de Pasión

El Ayuntamiento de Bolaños de Calatrava ha convocado subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a financiar inversiones y gastos propios del funcionamiento de las Cofradías y Hermandades de Pasión del municipio. El extracto de la convocatoria se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real número 193, de 7 de octubre de 2026, bajo el anuncio número 3232 y con la identificación BDNS 932354. El texto íntegro puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

La publicación se ampara en lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que obliga a dar publicidad al extracto de las convocatorias de ayudas mediante el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones. Ese sistema se rige por la Resolución de 10/12/2015 de la Intervención General del Estado, publicada en el BOE número 299, de 15/12/2015.

El anuncio forma parte de la administración local del boletín provincial y afecta directamente al tejido asociativo religioso de Bolaños de Calatrava, que deberá ajustarse a los requisitos y plazos fijados por el Consistorio para concurrir a la convocatoria.

Quién puede solicitar las ayudas

  • Cofradías y Hermandades de Pasión radicadas en Bolaños de Calatrava que estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del municipio.
  • Tendrán carácter preferente las solicitudes de aquellas entidades que no hayan sido beneficiarias de subvenciones municipales para gastos de inversión o extraordinarios en los últimos cuatro ejercicios presupuestarios.

La convocatoria se resuelve en régimen de concurrencia competitiva, de modo que las ayudas se asignarán comparando las solicitudes presentadas conforme a los criterios de valoración establecidos en las bases.

Gastos subvencionables y periodo

Podrán ser subvencionables tanto las inversiones como los gastos propios del funcionamiento de las Cofradías y Hermandades de Pasión del municipio. El periodo de referencia admitido abarca los gastos realizados entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2026.

Documentación y plazo de presentación

La solicitud deberá presentarse necesariamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Bolaños de Calatrava, en la ruta de registro telemático correspondiente a la convocatoria de subvenciones y actividades para asociaciones u otras entidades, accediendo con certificado electrónico o cl@ve permanente. La documentación exigida es la siguiente:

  • Proyecto de la actividad a subvencionar, con descripción de las inversiones, presupuesto detallado de ingresos y gastos, calendario de realización y número de beneficiarios.
  • Declaración jurada del responsable o representante legal de estar al corriente de las obligaciones tributarias y fiscales y frente a la Seguridad Social, y de no incurrir en las incompatibilidades del artículo 13 de la Ley 38/2003.
  • Declaración jurada del representante legal sobre subvenciones solicitadas o concedidas para el mismo fin por otras entidades públicas o privadas.
  • Autorización al Ayuntamiento para recabar datos tributarios y de estar al corriente con la Seguridad Social.
  • CIF, en caso de no haberse presentado con anterioridad.
  • Ficha de terceros, en caso de no haberla presentado con anterioridad.
  • Certificado del Secretario de la Asociación en el que conste el representante legal de la entidad.

El plazo para presentar solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal.

La convocatoria llega a las hermandades de pasión de Bolaños de Calatrava con un plazo breve y un trámite íntegramente electrónico, por lo que las entidades interesadas deberán reunir con antelación el proyecto, las declaraciones responsables y los certificados exigidos si quieren optar a financiación para sus inversiones y gastos de funcionamiento de los ejercicios 2025 y 2026.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, número 193, de 7 de octubre de 2026, sección AYUNTAMIENTOS, págs. 9459-9460 (referencia oficial: anuncio número 3232, BDNS 932354).