FactBox.

Boletín Oficial de Bizkaia · 21 Sep 2026 · 5 vistas

Sabino Arana 1. Unidad Ejecutora ha aprobado inicialmente el proyecto de urbanización

Por FactBox Admin

Berangok Sabino Arana 1. Exekuzio Unitateko urbanizazio proiektua onartu du hasiera batean

El Ayuntamiento de Berango ha aprobado inicialmente el proyecto de urbanización de la Unidad de Ejecución 1 de Sabino Arana, y condiciona la aprobación definitiva a la presentación de un proyecto corregido y coordinado que incorpore las correcciones recogidas en los informes técnicos y a la correspondiente corrección. La decisión fue tomada por la alcaldesa Itziar Aguinagalde Avedillo mediante la Resolución de Alcaldía número 2026-0930, el 10 de septiembre de 2026, y el acuerdo ha sido publicado en el número 180 del Boletín Oficial de Bizkaia, el 21 de septiembre de 2026, en el sección II (referencia oficial: BOB-2026a180-(II-4855)).

Decisión urbanística y procedimiento

Según el acuerdo, el proyecto se aprueba inicialmente, pero la aprobación definitiva no es automática: el promotor deberá presentar un documento corregido y coordinado, resolviendo los nueve puntos enumerados en el informe técnico. El Ayuntamiento expondrá el proyecto a información pública durante 20 días hábiles, y en ese plazo los interesados podrán examinar el proyecto y presentar las alegaciones que consideren oportunas.

La publicación se realiza a través de diversos medios:

Altimetría y accesibilidad, condiciones principales

El informe técnico establece condiciones relativas a la altimetría y la accesibilidad. Estas son las principales:

  • No se aceptan los muros de contención de hasta 3,00 metros previstos hacia la zona de espacios libres; se deberá rediseñar la solución altimétrica, minimizando los contenciones y limitando cada muro a la altura mínima técnicamente necesaria.
  • Las escaleras de conexión que parten de la calle Sabino Arana deberán adoptar el ancho total de la conexión peatonal, eliminando la «zona cerrada» y todos los espacios residuales, rincones o márgenes.
  • La conexión deberá garantizar la visibilidad, la permeabilidad espacial y una iluminación suficiente en todo su recorrido.
  • El itinerario accesible principal desde la vía pública hacia la zona verde se establecerá desde Simón Otxandategi, mediante la rampa proyectada; la escalera de Sabino Arana será complementaria.
  • Las rampas deberán garantizar un ancho libre de al menos 2,00 metros, una pendiente máxima longitudinal del 8 %, una pendiente transversal del 1,5 %, tramos máximos de 9,00 metros y descansillos con una profundidad mínima de 2,00 metros.
  • El itinerario accesible deberá prolongarse hasta el interior del Sistema de Espacios Libres Locales, garantizando el acceso a los caminos, áreas de estancia y mobiliario urbano del lugar.
  • El CT no se acepta sobre superficie; deberá estar enterrado e integrado en la urbanización.

Orden de actualización de la documentación

El Ayuntamiento solicita también la coordinación de los planos: deberán ajustarse los planos de plantación, perfiles, secciones, pendientes, pavimentos, soportes, ferrerías, jardinería y drenaje, eliminando las contradicciones entre la memoria, los planos y los presupuestos. Además, deberá actualizarse la justificación de accesibilidad, incluyendo expresamente la Orden TMA/851/2021 y el Decreto 68/2000, de 11 de abril, y deberá reflejarse y medirse gráficamente todo el itinerario accesible.

Por último, deberá añadirse el plano de correspondencia entre el proyecto de urbanización y el proyecto de reparcelación, homogeneizando las superficies, límites y denominaciones de los sistemas públicos. Las mediciones y el presupuesto deberán actualizarse según la solución definitiva, y deberá justificarse la valoración económica del Estudio de Seguridad y Salud.

Impacto y próximos pasos

El acuerdo fue firmado por el alcalde en Berangon, el 11 de septiembre de 2026. La decisión afecta directamente a los vecinos del entorno y a los agentes urbanísticos, ya que permite a los propietarios, promotores y usuarios del área donde se desarrolla el proyecto presentar alegaciones.

La aprobación definitiva, por tanto, no es un mero trámite: la clave de los próximos meses será si la documentación presentada cumple o no las nueve condiciones del informe técnico, lo que condicionará los plazos de ejecución del proyecto y las condiciones de accesibilidad del entorno.


Fuente: Boletín Oficial de Bizkaia (BOB), número 180, 21 de septiembre de 2026, sección II, págs. 1-2 (referencia oficial: BOB-2026a180-(II-4855)).