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BOP de Alicante · 21 Sep 2026 · 3 vistas

Benidorm subvenciona hasta 250 euros del carné de conducir a jóvenes

Por FactBox Admin

Benidorm subvenciona hasta 250 euros del carné de conducir a jóvenes

El Ayuntamiento de Benidorm subvencionará con hasta 250 euros parte del coste de obtención del permiso de conducir a los jóvenes del municipio. La convocatoria fue aprobada por la Junta de Gobierno Local en sesión extraordinaria de 17 de septiembre de 2026 y su extracto se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante (BOP) nº 179 de 21 de septiembre de 2026, con la referencia oficial 7126 / 2026 y el identificador BDNS 930169.

La medida se ampara en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuyos artículos 17.3.b y 20.8.a obligan a publicar el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. El anuncio lleva la firma del alcalde, Antonio Pérez Pérez, y del secretario general, Vicent Ferrer Mas.

Objeto y cuantías de la ayuda

La convocatoria busca sufragar una parte de la formación teórica de cualquier tipo de permiso de conducir, con estas cuantías máximas:

  • 250 euros por persona beneficiaria con carácter general.
  • 125 euros para quienes obtengan el permiso de la modalidad AM.

Según el tipo de carné obtenido, el crédito disponible permitirá atender como mínimo a 280 jóvenes de Benidorm.

Requisitos para acceder a la subvención

Los solicitantes deberán cumplir las siguientes condiciones:

  • Tener entre 15 y 30 años, ambos inclusive, en el momento de la obtención del permiso.
  • Estar empadronado en Benidorm con anterioridad al 1 de enero de 2026 y mantener el empadronamiento durante toda la tramitación.
  • Haber obtenido cualquier clase de permiso de conducir, o la autorización temporal para conducir, entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2026, ambos inclusive.
  • Disponer de una cuenta bancaria.
  • Presentar declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Benidorm.
  • En el caso de menores de 18 años, la solicitud deberá estar a nombre del menor y contar con la autorización de su representante legal, acreditada mediante libro de familia o documento equivalente.

Plazo, documentación y forma de presentación

Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Benidorm, en un trámite específico habilitado dentro del Catálogo de Servicios de Juventud. El plazo será del 1 al 17 de noviembre de 2026, ambos inclusive, y las peticiones presentadas fuera de ese periodo no serán admitidas a trámite.

La documentación exigida es la siguiente:

  • DNI, NIE o pasaporte del solicitante y, en su caso, de su representante legal.
  • Volante o certificado de empadronamiento con la fecha de alta en el padrón municipal.
  • Copia del permiso de conducir o copia auténtica de la autorización temporal expedida por la Jefatura Provincial de Tráfico, con la fecha de obtención o expedición.
  • Factura emitida a nombre de la persona beneficiaria junto con el justificante de pago.
  • Copia del libro de familia o documento acreditativo de la representación legal cuando el beneficiario sea menor de edad.

Procedimiento de pago

Quienes resulten beneficiarios según la resolución definitiva deberán estar dados de alta en el Registro de Alta a Terceros del Ayuntamiento de Benidorm para poder cobrar la ayuda. Dispondrán de un plazo máximo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución definitiva, para realizar el trámite de alta o actualizar sus datos.

La convocatoria llega en un municipio donde el vehículo privado y el ciclomotor son habituales para la movilidad laboral y de ocio de los más jóvenes, y donde el coste de la autoescuela representa una barrera de entrada. Con un mínimo garantizado de 280 beneficiarios, la medida aspira a facilitar la primera habilitación para conducir a una franja de población que aún no ha cumplido los 31 años y que deberá acreditar su arraigo en el padrón anterior al 1 de enero de 2026.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, nº 179 de 21/09/2026, III. Administración Local, pág. 1-3 (referencia oficial: 7126 / 2026; BDNS 930169).