BOP de Castellón · 25 Aug 2026 · 6 vistas
Benicàssim convoca el cargo de Juez de Paz Titular con veinte días de plazo
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Benicàssim ha abierto una convocatoria pública para proveer el cargo de Juez de Paz Titular del municipio, según el Decreto número 2026-3285, dictado por la Alcaldía-Presidencia el 12 de agosto de 2026. La convocatoria se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón, número 102, de 25 de agosto de 2026, con la referencia oficial 03708-2026.
Las personas interesadas dispondrán de un plazo de veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el boletín, para presentar su solicitud en el Registro General del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Requisitos de capacidad
Para ser elegido Juez de Paz Titular se exige reunir las condiciones de capacidad que fija la legislación vigente, sin que se requiera la condición de licenciado o graduado en Derecho:
- Tener la nacionalidad española y ser mayor de edad.
- No estar impedido física o psíquicamente para la función judicial.
- No estar condenado por delito doloso mientras no se haya obtenido la rehabilitación.
- No estar procesado o inculpado por delito doloso en tanto no se obtenga la absolución o se dicte auto de sobreseimiento.
- Estar en el pleno goce de los derechos civiles, conforme al artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Incompatibilidades del cargo
El cargo de Juez de Paz es incompatible con el ejercicio de cualquier otra jurisdicción o empleo en la Administración de Justicia, así como con el desempeño de cargos públicos electivos o de designación política. Tampoco puede compatibilizarse con la pertenencia o el ejercicio de funciones directivas en partidos políticos o sindicatos, con empleos retribuidos en administraciones públicas (salvo excepciones docentes o tasadas) ni con el ejercicio de la abogacía o la procuraduría, entre otras causas previstas en los artículos 389 y siguientes de la LOPJ y en el artículo 14 del Reglamento 3/1995 del Consejo General del Poder Judicial.
Elección y presentación de instancias
Finalizado el plazo de presentación de instancias y examinada la documentación aportada por los aspirantes, la propuesta de elección se someterá al Pleno de la Corporación, que requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros, con arreglo al artículo 101.2 de la LOPJ. En caso de no presentarse solicitudes, el Pleno elegirá libremente con el mismo quórum.
El modelo normalizado de solicitud y la información complementaria pueden obtenerse en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Benicàssim (https://benicassim.sedelectronica.es) o de forma presencial en el Servicio de Información Ciudadana (SIC). El anuncio, firmado por la alcaldesa-presidenta Susana Marqués Escoín, se hace público para general conocimiento de conformidad con el Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
La convocatoria supone una oportunidad para juristas y vecinos de Benicàssim interesados en un cargo judicial local de proximidad, que no exige titulación en Derecho y que se resuelve por el Pleno municipal. El plazo de veinte días hábiles convierte la presentación de instancias en un trámite ágil para quienes deseen optar a una función esencial en la administración de justicia del municipio.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón, número 102, 25 de agosto de 2026, sección Administración Local (referencia oficial: 03708-2026).