FactBox.

BOP de Zamora · 14 Sep 2026 · 4 vistas

Benavente aprueba el reglamento de las bolsas de empleo temporal

Por FactBox Admin

Benavente aprueba el reglamento de las bolsas de empleo temporal

El Ayuntamiento de Benavente ha aprobado el nuevo reglamento que regula la gestión y el funcionamiento de las bolsas de empleo temporal (interino/laboral), publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora número 107, de 14 de septiembre de 2026. La norma, firmada el 11 de septiembre de 2026, afecta directamente a todos los aspirantes a puestos temporales municipales.

El reglamento se apoya en el artículo 23 de la Constitución Española y en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y cumple los principios del artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Su objetivo es unir la agilidad en la gestión con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Tipos de bolsas y sistemas de selección

La norma distingue tres tipos de bolsas de empleo:

  • Bolsas obtenidas a partir de un proceso selectivo, integradas por aspirantes que, habiendo alcanzado la puntuación fijada en las bases, no obtuvieron plaza.
  • Bolsas de trabajo convocadas singularmente, que ordenan a los aspirantes según su formación, experiencia profesional y las pruebas que se determinen en la convocatoria.
  • Bolsas de empleo complementarias, que no derogan las vigentes y cuyos integrantes solo son llamados una vez agotadas las prioritarias.

Las bolsas pueden tener carácter abierto o cerrado. Como sistemas de selección se admiten la oposición, el concurso y el concurso-oposición, con listas preferente y no preferente.

Llamamientos y situaciones de los aspirantes

Los llamamientos los realiza el Servicio de Recursos Humanos por orden de prelación, por vía telefónica:

  • Ordinarios: dos llamadas con un intervalo mínimo de dos horas y un plazo de 24 horas para aceptar o rechazar la oferta.
  • Urgentes: dos llamadas con al menos media hora de intervalo y aceptación o rechazo en el mismo momento.

Los integrantes pueden hallarse en cinco situaciones: disponible, trabajando, ilocalizable, baja temporal y baja definitiva. El rechazo injustificado de un llamamiento mantiene la condición de disponible pero pasa al final de la bolsa; dos rechazos consecutivos en seis meses o tres en cualquier periodo suponen la baja definitiva.

Evaluación, convenios y vigencia

Al finalizar un empleo temporal, el responsable del servicio puede remitir en 15 días naturales un informe de evaluación del desempeño. El Servicio de Recursos Humanos, oída la representación de los trabajadores, puede declarar no apto a un candidato para futuros llamamientos, con un plazo de 10 días hábiles para alegaciones.

El reglamento permite convenios con otras administraciones públicas para el uso recíproco de bolsas, siempre bajo el principio de reciprocidad y solo cuando se agoten las propias. Las listas se publicarán en el tablón de edictos y en la sede electrónica del Ayuntamiento.

La norma deroga el reglamento anterior publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 136, de 9 de noviembre de 2015, y entrará en vigor una vez aprobada definitivamente por el Pleno, publicada en el boletín y transcurrido el plazo del artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Desde ese momento será aplicable a todas las bolsas y listas de espera vigentes en el Ayuntamiento de Benavente.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, n.º 107, 14 de septiembre de 2026, III. Administración Local, págs. 5-10 (referencia oficial: R-202602174).