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Butlletí Oficial de la Província de Barcelona · 16 Sep 2026 · 6 vistas

Barcelona aprueba las ayudas para estaciones de intercambio de baterías

Por FactBox Admin

Barcelona aprova els ajuts per a estacions d'intercanvi de bateries

La Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Barcelona ha aprobado definitivamente, con fecha 10 de septiembre de 2026, las Bases reguladoras para la concesión de ayudas al fomento de la movilidad eléctrica y a la instalación de estaciones de intercambio de baterías para vehículos eléctricos ligeros (Plan Clima 2030). El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona del 16 de septiembre de 2026, con referencia oficial CVE 202610140523 y expediente 2026_EXP_7999505, y entra en vigor al día siguiente de su publicación.

La norma, firmada por el secretario general Jordi Cases i Pallarès, se aprueba sin incorporar las modificaciones genéricas solicitadas por SABA Aparcamientos, S.A., según el informe de la Dirección de Servicios de Movilidad del Área de Movilidad, Infraestructuras y Obras. El objetivo es facilitar la descarbonización del parque de vehículos ligeros de la ciudad, que recorre unos 2 millones de kilómetros al día, con una reducción estimada de hasta 65.000 toneladas anuales de gases de efecto invernadero.

Un instrumento del Plan Clima 2030

Las bases se integran en los compromisos estratégicos del Plan Clima Barcelona 2030, la hoja de ruta para la descarbonización y la mejora de la calidad del aire. La acción contribuye a respetar los nuevos valores límite de óxidos de nitrógeno (NO2) y partículas (PM10) exigidos por la Directiva (UE) 2024/2881, que prevé alcanzar una media anual de 20 µg/m³ el año 2030.

La ayuda se concede en régimen de concurrencia pública no competitiva, por estricto orden de presentación de solicitudes hasta el agotamiento de los fondos. Cada solicitud se refiere a una única estación de intercambio de baterías (EIB), que debe mantenerse en servicio durante un mínimo de cinco años.

Quién puede ser beneficiario

Podrán acceder a las ayudas las personas o entidades que actúen como operador de recarga o prestador del servicio de la EIB, o que sean titulares del emplazamiento donde se instale. Entre los beneficiarios previstos se encuentran:

  • Operadores de puntos de recarga y proveedores de servicios de movilidad eléctrica, según el Real Decreto 184/2022.
  • Empresas que ofrecen baterías como servicio (alquiler, suscripción o modelos equivalentes).
  • Entidades concesionarias de aparcamientos públicos y explotadores de aparcamientos privados.
  • Propietarios de aparcamientos residenciales, estaciones de suministro de combustibles, talleres y concesionarios de automóviles.

Las EIB pueden instalarse en ámbitos residenciales, no residenciales, empresariales o en la vía pública, y deben cumplir los requisitos técnicos del anexo I, incluyendo el cumplimiento de la norma IEC 62840 y el marcado CE.

Cuantía de las ayudas

La cuantía máxima de la ayuda por expediente se determina mediante porcentajes sobre el coste subvencionable:

  • 60 % para beneficiarios que no desarrollen actividad económica.
  • 20 % para beneficiarios con actividad económica, incrementable en un 20 % para medianas empresas y en un 30 % para autónomos o pequeñas empresas.
  • La ayuda no puede superar los 45.000 € por expediente, ni el 40 % del presupuesto total de la convocatoria para un mismo beneficiario.

El plazo de presentación de solicitudes, que fijará cada convocatoria, no será inferior a 30 días hábiles desde la publicación en el BOPB. Las convocatorias serán aprobadas por la Comisión de Gobierno y se publicarán en el mismo boletín.

Impacto para la ciudad

Con esta regulación, Barcelona impulsa una infraestructura innovadora que separa la inversión del vehículo y de la batería, reduciendo el coste inicial para el usuario y favoreciendo modelos de suscripción o alquiler. La medida abre la puerta a la electrificación masiva de ciclomotores, motocicletas y cuadriciclos, y refuerza la transición hacia una movilidad más sostenible y descarbonizada, con un impacto directo en la calidad del aire y la reducción del ruido en la ciudad.


Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Barcelona, núm. 16 de setembre de 2026, secció administració local, pàg. 1-26 (referència oficial: CVE 202610140523, expedient 2026_EXP_7999505).