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BOP de Ourense · 03 Nov 2026 · 10 vistas

Barbadás abre el reparto de 16.000 euros entre las asociaciones vecinales

Por FactBox Admin

Barbadás abre a repartición de 16.000 euros entre as asociacións veciñais

El Ayuntamiento de Barbadás publicó el 3 de noviembre de 2026, en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense, el extracto de las bases para la concesión de subvenciones a las asociaciones vecinales inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, correspondientes a la anualidad 2026. La convocatoria reparte un máximo de 16.000,00 euros entre las entidades del movimiento vecinal del municipio, con 2.000,00 euros como tope por asociación. El anuncio, firmado por el alcalde Xosé Carlos Valcárcel Doval el 16 de octubre de 2026, se tramita con el número de identificación BDNS 935920.

La publicación se realiza al amparo de los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, que obliga a difundir un extracto de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el boletín provincial. El texto íntegro de las bases reguladoras está disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Barbadás (barbadas.sedelectronica.gal).

El objeto es fomentar las actividades de las asociaciones vecinales y promover los intereses del movimiento asociativo local. Las ayudas se centran en programas y actividades de carácter cultural, social, formativo, lúdico o deportivo que refuercen la participación vecinal y las relaciones de colaboración e integración entre la vecindad.

Quién puede solicitar las ayudas

Podrán ser beneficiarias las asociaciones de carácter vecinal válidamente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Barbadás antes de la publicación de la convocatoria. Los requisitos exigen:

  • Tener el domicilio social en el término municipal de Barbadás.
  • Desarrollar sus actividades en el ámbito territorial del ayuntamiento.
  • Carecer de fines de lucro.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Cumplir el resto de requisitos de la base VI de las bases reguladoras.

Cuantías, plazos y forma de presentación

El presupuesto máximo total es de 16.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 924.480.01 del presupuesto municipal de 2026. La cuantía máxima individual es de 2.000,00 euros por asociación solicitante, sin perjuicio de que el importe global pueda prorratearse entre las entidades beneficiarias según las bases. El procedimiento se tramita en régimen de concurrencia no competitiva.

El plazo de presentación de solicitudes es de diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación del extracto en el boletín provincial, es decir, desde el 4 de noviembre; de no mediar festivos, cerraría el 17 de noviembre. Las solicitudes deben presentarse obligatoriamente por medios electrónicos a través de la sede electrónica municipal, en el trámite habilitado para esta convocatoria y junto con la documentación exigida.

Justificación y órganos competentes

Las actividades y gastos subvencionables deben realizarse y estar efectivamente pagados entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026. La fecha límite para presentar la documentación justificativa es el 18 de diciembre de 2026.

El órgano instructor es la Concejalía de Participación Vecinal, mientras que la resolución corresponde a la Alcaldía, sin perjuicio de las delegaciones que procedan. El anuncio lleva el número de registro R. 2.506 en el boletín provincial.

La convocatoria llega a todo el tejido asociativo del ayuntamiento con un plazo corto y una tramitación exclusivamente electrónica, dos factores que condicionan la capacidad de respuesta de las entidades más pequeñas. Para las asociaciones vecinales de Barbadás, estas ayudas son una de las principales vías de financiación de sus actividades anuales, por lo que el calendario fijado —cierre de solicitudes en noviembre y justificación en diciembre— marca la planificación del resto del ejercicio.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ourense, 3 de noviembre de 2026, IV. Entidades Locales (referencia oficial: 352979).