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BOP de Lugo · 15 Sep 2026 · 4 vistas

Baralla aprueba la nueva ordenanza de precios de los servicios culturales y deportivos

Por FactBox Admin

Baralla aproba a nova ordenanza de prezos dos servizos culturais e deportivos

El Ayuntamiento de Baralla aprobó definitivamente, por acuerdo del Pleno del 30 de julio de 2026, la modificación de la Ordenanza reguladora del precio público por la prestación de servicios culturales, deportivos y de ocio. La norma se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del martes 15 de septiembre de 2026 (núm. 211), referencia R. 2427, y comenzará a aplicarse una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985.

La publicación se hace a los efectos de los artículos 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La ordenanza, firmada por el alcalde, Miguel González Piñeiro, el 2 de agosto de 2026, se mantiene en vigor mientras no se acuerde su derogación o modificación expresa.

Fundamento y hecho imponible

La norma, que se rige como ordenanza fiscal, establece el precio público con base en los artículos 105 y 106 de la Ley 7/1985 y en los artículos 41 a 47 y 127 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo). El hecho imponible constituye la prestación, a instancia de parte, de los servicios culturales, deportivos y de ocio de competencia municipal, entendiéndose por tales las actividades, cursos, excursiones y otros análogos demandados por la población en su beneficio.

Están obligadas al pago las personas que participen y se beneficien de los servicios enumerados, y la obligación surge desde el momento en que se inicia la prestación del servicio.

Tarifas y exenciones

La cuota tributaria se determina en función de la actividad ofrecida, con las siguientes tarifas mensuales:

  • Actividades físico-deportivas: 10 €/mes.
  • Servicios sanitarios en general: 5 €/mes.
  • Excursiones a las playas: 6 €/mes.

Están exentos de abonar las cuotas los parados/as de larga duración (más de 6 meses), una medida de carácter social que busca garantizar el acceso a los servicios municipales de las personas en situación de desempleo prolongado.

Gestión del cobro

El importe del precio público se exigirá trimestralmente, mediante cargo en la cuenta bancaria indicada en la solicitud de inscripción. La matrícula o inscripción se formalizará en los documentos normalizados habilitados para el efecto, presentados ante el Ayuntamiento según lo previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015. En el caso de los servicios sanitarios, a la solicitud deberá acompañarse el justificante bancario del pago.

Una vez formalizada la matrícula o inscripción, no procederá la devolución del precio ingresado, salvo que el matriculado, por causa justificada, no pueda realizar el curso o la actividad.

Impacto para los vecinos

La nueva ordenanza fija un marco tarifario claro y previsible para los usuarios de los servicios municipales de Baralla, que ahora conocen de antemano el coste mensual de las actividades físico-deportivas, de los servicios sanitarios y de las excursiones a la playa. La exención para desempleados de larga duración refuerza el carácter social de la norma, mientras que el cobro trimestral por domiciliación simplifica la gestión tanto para el Ayuntamiento como para los contribuyentes.


Fuente: Boletín Oficial da Provincia de Lugo, núm. 211, 15 de septiembre de 2026, páx. 3-4 (referencia oficial: R. 2427).