Boletín Oficial del Principado de Asturias · 17 Sep 2026 · 6 vistas
Banco de Tierras abre consulta sobre las ayudas al relevo agrícola
Por FactBox Admin

La Consejería de Medio Rural y Política Agraria del Principado de Asturias ha abierto a información pública la primera modificación de las bases reguladoras de la Ayuda para la Cooperación para la Sucesión de Explotaciones Agrícolas. La decisión la firma la Gerencia de la Comisión Regional del Banco de Tierras mediante la Resolución de 11 de septiembre de 2026, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) núm. 180, de 17 de septiembre de 2026 (Cód. 2026-07555). El trámite permanecerá abierto durante veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del anuncio.
La norma que se pretende retocar es la Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueban las bases reguladoras de esta ayuda (BOPA n.º 235, de 3-XII-2024). El procedimiento para elaborar la orden modificativa se inició mediante Resolución del Consejero de Medio Rural y Cohesión Territorial de 6 de agosto de 2026, y se tramita al amparo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 33.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo.
Veinte días hábiles y dónde consultar el texto
El resuelvo primero fija un plazo de veinte (20) días hábiles para presentar alegaciones a la propuesta de orden. La documentación se expone en:
- Las dependencias de la Comisión Regional del Banco de Tierras, en el Edificio Buenavista (planta 1.ª, sector derecho, calle Eduardo Herrera “Herrerita”, s/n, 33006 Oviedo).
- El Servicio de Atención Ciudadana, en el Edificio Administrativo de Servicios Múltiples de Oviedo.
- El portal www.asturiasparticipa.es, de la Administración del Principado de Asturias.
Las alegaciones deberán dirigirse al Ilmo. Sr. Consejero de Medio Rural y Política Agraria y presentarse en la Oficina Central de asistencia en materia de registros (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, c/ Antonio Suárez Gutiérrez, 2) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
Una ayuda encuadrada en el PEPAC 2023-2027
La ayuda se enmarca en la intervención de Desarrollo Rural 7169 del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España, aprobado mediante Decisión de ejecución de la Comisión, de 31 de agosto de 2022, para el período de programación 2023-2027.
La convocatoria de 2026 se aprobó por Resolución de 30 de diciembre de 2025, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria (extracto BOPA de 8/01/2026; BDNS 879098). Se registraron ocho solicitudes, ninguna fuera de plazo y sin renuncias ni desistimientos, y todas cumplieron los requisitos de la base reguladora decimocuarta. La concesión se formalizó por Resolución de 6 de agosto de 2026 (BOPA núm. 159, de 18-VIII-2026, Cód. 2026-06729), con un gasto global de 343.734,30 euros repartido en cinco anualidades iguales de 68.746,86 euros entre 2026 y 2030, con cargo al concepto presupuestario 19.05.443B.773068 “Cooperación para la sucesión de explotaciones agrícolas”. Los fondos están cofinanciados por el Feader (60 %), el Principado de Asturias (28 %) y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (12 %).
Los ocho beneficiarios de la convocatoria de 2026
- María Belén Testón Testón: 25.168,20 euros.
- Javier Méndez Díaz: 56.192,35 euros.
- Belarmino Álvarez Manzano: 45.628,60 euros.
- María Argentina Llera del Valle: 65.000,00 euros.
- Manuel Hidalgo Arbás: 41.527,85 euros.
- María Benigna Baltar Álvarez: 53.633,55 euros.
- Senén Gutiérrez Martínez: 36.574,10 euros.
- José Luis Agudín Fernández: 20.009,65 euros.
La ayuda es incompatible con otras concedidas para la misma finalidad y los beneficiarios deben justificar el cumplimiento de los requisitos en un plazo máximo de cuatro meses desde la notificación de la resolución de concesión.
La modificación de estas bases afecta directamente al relevo generacional en el campo asturiano, uno de los objetivos declarados de la intervención 7169 del PEPAC. El periodo de información pública abre la puerta a que organizaciones agrarias, ayuntamientos y particulares presenten alegaciones antes de que la orden se apruebe definitivamente, por lo que el texto final podría variar respecto a la propuesta ahora expuesta.
Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias, núm. 180, de 17 de septiembre de 2026, sección I. Principado de Asturias (Otras Disposiciones), pág. 1 (referencia oficial: Cód. 2026-07555).