La Gaceta — Diario Oficial · 21 Sep 2026 · 2 vistas
Banano transgénico contra Fusarium a consulta pública en La Gaceta
Por FactBox Admin

El Servicio Fitosanitario del Estado (SFE) sometió a consulta pública la solicitud de Corporación de Desarrollo Agrícola Del Monte S.A. para obtener un Certificado de Liberación al Ambiente de banano genéticamente modificado resistente a Fusarium oxysporum f. sp. cubense raza tropical 4. El edicto se publicó en La Gaceta Nº 177 del lunes 21 de setiembre del 2026, páginas 4 y 5, bajo la referencia oficial IN202601123848, y abre un plazo de diez días hábiles para que cualquier interesado se manifieste a favor o en contra.
El aviso se emite con fundamento en la Ley 7664, Ley de Protección Fitosanitaria; el Decreto Ejecutivo N° 26921 MAG, Reglamento a la Ley de Protección Fitosanitaria; y la Ley N° 8537, que aprueba el Protocolo de Cartagena sobre seguridad de la biotecnología del Convenio sobre Diversidad Biológica. La solicitud será tramitada mediante el procedimiento interno del Programa de Organismos Genéticamente Modificados DB-OGM-PO-06, disponible en el sitio web del SFE.
Según el edicto, el material corresponde a un OVM sin historial de uso en el país y, de acuerdo con las evaluaciones previas realizadas por el solicitante, se espera que el proyecto tenga un riesgo insignificante para la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica y la agricultura, así como para la salud humana.
El banano modificado y su objetivo
- Identificador único: QUT QCAV4-6.
- Genes: MamRGA2 y nptII.
- Proteínas: NBS-LRR MamRGA2 y neomicina fosfotransferasa tipo II (NPTII).
- Características: resistencia a Fusarium oxysporum f. sp. cubense raza tropical 4 y resistencia a la kanamicina como marcador de selección.
- Objetivo: producir material vegetativo para la comercialización, siembra, desarrollo de plantación y producción comercial de fruta.
Dónde se desarrollaría el proyecto
- Buenos Aires, cantón de Buenos Aires, Puntarenas: propagación.
- La Rita, cantón de Pococí, Limón: producción comercial en campo.
- Modalidad: proyectos de uso confinado y liberación al ambiente.
Cómo participar y qué se evaluará
Las manifestaciones deben presentarse de forma presencial o al correo ogm@sfe.go.cr, ante el Programa de Organismos Genéticamente Modificados (POGM) del SFE, ubicado en Sabana Sur, San José, contiguo al Museo La Salle, en el Ministerio de Agricultura y Ganadería, de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 3:00 p. m., dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación del edicto. El escrito debe indicar un medio de notificación para comunicar cualquier resolución del POGM.
Los documentos públicos con la información técnica para el análisis de riesgo pueden obtenerse físicamente en el SFE o de forma digital, conforme al artículo 23.2 del Protocolo de Cartagena. Las manifestaciones serán analizadas y aceptadas o rechazadas sobre base técnica y, cuando corresponda, remitidas a la Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad (CTNBio) para el dictamen de evaluación de riesgos, según el Anexo III del Protocolo de Cartagena.
El edicto detalla las variables que se valorarán: efecto al medio ambiente y a la salud humana, impactos en la agricultura y en otras actividades productivas, potencial de que el cultivo se convierta en maleza, supervivencia de plantas al compartir con flora nativa, posibilidad de eliminación de plantas voluntarias o rastrojos, flujo de genes específicos a parientes silvestres o cultivados e impacto en organismos no blanco.
El aviso fue firmado por Francisco Jesús Angulo Sibaja, jefe de la Unidad de Programas Especiales, y por el representante técnico Armando Aurelio Aguilar Villaredia, cédula 701120927, en representación de la empresa, cédula jurídica 3-101-010882.
La decisión interesa directamente a productores bananeros, ambientalistas y comunidades de Buenos Aires y Pococí, porque el banano es uno de los principales productos de exportación del país y la raza tropical 4 de Fusarium es considerada una de las mayores amenazas para el cultivo. La resolución del POGM y, en su caso, de la CTNBio definirá si el material puede liberarse al ambiente y cultivarse comercialmente en territorio costarricense.
Fuente: La Gaceta, Nº 177 del 21 de setiembre del 2026, Documentos Varios (Agricultura y Ganadería), pág. 4 (referencia oficial: IN202601123848).