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BOP de Jaén · 09 Sep 2026 · 1 vistas

Bailén flexibiliza la parcelación del sector industrial PP-2

Por FactBox Admin

Bailén flexibiliza la parcelación del sector industrial PP-2

El Ayuntamiento de Bailén (Jaén) ha aprobado definitivamente la modificación del Plan Parcial de Ordenación del sector PP-2 del PGOU, presentada a iniciativa privada, en sesión plenaria celebrada el 29 de noviembre de 2024 por mayoría absoluta. El acuerdo, firmado por el alcalde Luis Mariano Camacho Núñez, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén número 175, de 9 de septiembre de 2026, con la referencia 2026/4033.

La modificación flexibiliza las reglas de parcelación del polígono: elimina la prohibición de segregar parcelas y rebaja la parcela mínima edificable de la subzona industrial I-3 de 500 a 300 metros cuadrados, con un frente mínimo vial que pasa de 20 a 12 metros. El documento queda depositado en el registro de instrumentos de planeamiento urbanístico del consistorio y puede consultarse en el Portal de Transparencia de su Sede Electrónica.

Marco normativo

El PGOU de Bailén fue aprobado definitivamente por la Comisión Provincial de Urbanismo el 5 de junio de 1992 (BOP núm. 198, de 28 de agosto de 1992) y adaptado parcialmente a la LOUA por acuerdo del Pleno de 26 de noviembre de 2009. El Plan Parcial del sector PP-2 se aprobó definitivamente el 29 de noviembre de 1993 (BOP de 12 de abril de 1994).

La publicación se realiza conforme al artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y al artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, por remisión del artículo 83.2 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA).

Qué cambia en el sector PP-2

La modificación afecta a dos apartados de la Memoria de Ordenación del Plan Parcial:

  • Segregación de parcelas: donde antes se prohibía la segregación de las parcelas grafiadas en los planos, ahora se permite siempre que se ajusten a la parcela mínima establecida para cada subzona.
  • Agregación: se mantiene la agregación de hasta dos parcelas con las limitaciones de las Normas Particulares de Zona, y de más de dos mediante Estudio de Detalle.
  • Subzona Industrial I-3: la parcela mínima edificable se reduce de 500 a 300 m², el frente mínimo vial de 20 a 12 metros, y se exige que la forma permita inscribir una circunferencia de 12 metros de diámetro.

Recursos y plazos

Contra el acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación del anuncio, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El anuncio está firmado en Bailén el 25 de agosto de 2026 por el secretario Ildefonso Cruz Cabrera.

La rebaja de la parcela mínima y la apertura de la segregación facilitan la implantación de pequeñas y medianas industrias en el interior del polígono, al permitir lotes más reducidos y adaptables a empresas de menor tamaño. La medida, impulsada a iniciativa privada, puede dinamizar la ocupación del sector PP-2 y atraer nueva actividad económica al municipio.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, núm. 175, 9 de septiembre de 2026, Administración Local, pág. 13396 (referencia oficial: 2026/4033).