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BOP de Badajoz · 02 Sep 2026 · 1 vistas

Badajoz abre el cobro voluntario del IAE y de la tasa de mercadillos

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Badajoz ha anunciado el inicio del cobro en período voluntario de los padrones del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), del segundo plazo de la tasa de mercadillos y del Impuesto sobre Gastos Suntuarios en la modalidad de cotos privados de caza y pesca, correspondientes al ejercicio 2026. La convocatoria se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 168, de 2 de septiembre de 2026, mediante el anuncio 3459/2026, firmado por la Tesorera Municipal.

El cobro de los recibos del IAE y del segundo plazo de la tasa por ocupación de terrenos de uso público para la venta ambulante se abrirá el 7 de septiembre de 2026 y se prolongará hasta el 1 de diciembre de 2026, ambos inclusive. Por su parte, el período voluntario del Impuesto sobre Gastos Suntuarios en la modalidad de cotos privados de caza y pesca se extenderá del 7 de septiembre al 9 de noviembre de 2026.

Plazos y marco normativo

La convocatoria se ampara en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, publicado en el BOE del 2 de septiembre. Conforme a esta norma, los contribuyentes podrán efectuar sus pagos sin recargo durante el período voluntario en cualquiera de las entidades de depósito con acuerdo de prestación de servicio con el Ayuntamiento.

  • IAE y segundo plazo de la tasa de mercadillos: del 7 de septiembre al 1 de diciembre de 2026.
  • Impuesto sobre Gastos Suntuarios (cotos de caza y pesca): del 7 de septiembre al 9 de noviembre de 2026.

Cómo y dónde pagar

El pago se realizará presentando en la entidad de depósito el ejemplar de aviso de pago recibido en el domicilio, que una vez sellado tendrá pleno valor liberatorio. También puede abonarse con tarjeta bancaria a través de la web del Ayuntamiento (www.aytobadajoz.es, apartado “pago con tarjeta”). Las entidades colaboradoras son:

  • Banca Pueyo, Banco Bilbao-Vizcaya Argentaria, Banco Santander y Banco Sabadell Atlántico.
  • Ibercaja (Caja Badajoz-Caja3), Liberbank, Cajalmendralejo, Caja Rural de Extremadura y Caixabank (La Caixa).

En caso de no recibir el aviso de pago, el contribuyente deberá personarse en las Oficinas del Servicio de Recaudación y Gestión Tributaria, en la calle San Juan Bautista, número 1, para que se le emita el aviso, comprobar las causas de su no recepción y modificarlas siempre que figure inscrito en las listas cobratorias.

Domiciliación y recargos

Se recomienda el pago mediante domiciliación bancaria. Solo serán válidas las domiciliaciones presentadas dos meses antes del inicio del período recaudatorio; en otro caso surtirán efectos a partir del período siguiente. Las presentadas en las oficinas tendrán validez indefinida mientras no sean anuladas por el interesado, rechazadas por la entidad o declaradas inválidas por el Ayuntamiento.

Finalizado el plazo voluntario, los recibos no liquidados se exigirán por el procedimiento de apremio conforme al artículo 167.2 de la Ley 58/2003, General Tributaria, con recargos del 5% hasta la notificación de la providencia de apremio, del 10% con posterioridad a la misma y del 20% tras el plazo concedido en dicha providencia, más los intereses de demora.

La medida afecta directamente a autónomos, empresas y titulares de cotos de caza y pesca del municipio, que deberán atender sus obligaciones tributarias dentro de los plazos señalados para evitar recargos. La publicación en el boletín provincial garantiza la publicidad y seguridad jurídica del procedimiento recaudatorio.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, nº 168, 2 de septiembre de 2026, Administración Local (referencia oficial: anuncio 3459/2026).