Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava · 02 Nov 2026 · 4 vistas
Baños de Ebro licita el arrendamiento de las Viñas El Soto
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Baños de Ebro ha convocado un concurso público para el arrendamiento y la explotación agrícola de las fincas patrimoniales municipales conocidas como «Viñas El Soto», con un tipo mínimo de licitación de 1.000,00 euros anuales. La convocatoria fue aprobada por el Pleno municipal en sesión del 2 de octubre de 2026, junto con el expediente 2026/93, y el anuncio se publica en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA) número 126, de 2 de noviembre de 2026, en la sección II de Administración Local, con la referencia oficial 2026-03076.
La decisión corresponde al órgano de gobierno municipal, que actúa como arrendador de unas parcelas de titularidad patrimonial y no como simple gestor de un servicio. El acuerdo plenario habilita la convocatoria y fija las condiciones económicas y jurídicas que después desarrolla el pliego, al que remite el propio anuncio para la delimitación exacta de los terrenos y las obligaciones del arrendatario. El expediente incorpora las cédulas parcelarias que identifican cada finca.
La superficie objeto de contrato se eleva a 94.950,96 m², es decir, 9,495096 hectáreas, según las superficies delimitadas en el pliego y en las cédulas parcelarias incorporadas al expediente. Se trata, por tanto, de una explotación de dimensión modesta pero compacta, de interés para el sector vitivinícola asentado en el entorno del municipio.
Superficie, duración y prórroga
El contrato se articula sobre un arrendamiento de fincas patrimoniales destinadas a explotación agrícola, con una superficie total de 94.950,96 m² repartida según la delimitación del pliego.
- Superficie total: 94.950,96 m² (9,495096 hectáreas).
- Duración inicial: dos años desde la formalización del contrato.
- Prórroga: una única prórroga expresa de hasta otros dos años, no automática ni tácita.
- Tipo mínimo de licitación: 1.000,00 euros anuales, mejorable al alza.
La duración máxima posible queda así en cuatro años, pero solo si media una prórroga expresa, de modo que la continuidad de la explotación no está garantizada por el mero transcurso del tiempo. El anuncio no contempla prórrogas sucesivas ni renovaciones automáticas.
Renta mínima y único criterio de adjudicación
El aspecto económico se resuelve con un esquema de renta fija al alza: el tipo de salida se fija en mil euros (1.000,00 euros) anuales, cantidad que los licitadores pueden mejorar.
- Criterio único de adjudicación: la mayor renta anual ofertada.
- Condición indispensable: que la oferta sea igual o superior al tipo mínimo.
- Mejora: admitida únicamente al alza.
La concentración de todo el peso de la valoración en la renta anual simplifica la comparación de proposiciones y reduce el margen de discrecionalidad, ya que no se prevén otros criterios de valoración sujetos a juicio de valor.
Quince días naturales y presentación electrónica
Las proposiciones se presentarán exclusivamente por vía electrónica, en la forma prevista en el pliego y a través de la Plataforma de Contratación Pública de Euskadi, durante un plazo de quince días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOTHA. El cómputo se inicia el 3 de noviembre y concluye el 17 de noviembre de 2026.
- Lugar de presentación: Plataforma de Contratación Pública de Euskadi.
- Forma: la establecida en el pliego de condiciones.
- Documentación: perfil de contratante del Ayuntamiento de Baños de Ebro, alojado en la citada plataforma, y sede electrónica municipal.
El anuncio está firmado en Baños de Ebro el 26 de octubre de 2026 por el alcalde, Francisco Javier García Pérez de Loza, y se publica para general conocimiento y a efectos de presentación de proposiciones.
El concurso ofrece al sector vitivinícola la posibilidad de incorporar cerca de diez hectáreas de viñedo municipal en un municipio de tradición vinícola, con un desembolso de partida contenido y un procedimiento resuelto exclusivamente por precio. Para las arcas municipales, supone convertir fincas patrimoniales en una renta anual recurrente durante un periodo inicial de dos años.
Fuente: Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA), núm. 126, 2 de noviembre de 2026, sección II - Administración Local del Territorio Histórico de Álava (referencia oficial: 2026-03076).