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BOP de Teruel · 18 Aug 2026 · 9 vistas

Ayuntamiento de Bañón expropia por urgencia inmueble en ruina inminente

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Bañón ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel la aprobación inicial de la expropiación por procedimiento de urgencia de un inmueble urbano situado en Calle Mayor nº 7 de dicha localidad turolense. El acuerdo, adoptado por el Pleno municipal en fecha 4 de agosto de 2026 y registrado bajo el Núm. 2026-2461, se enmarca en la necesidad de garantizar la seguridad de los viandantes y de los inmuebles colindantes ante el estado de ruina declarado.

El inmueble fue declarado en estado de ruina inminente en el marco del Expediente nº 9/2025, con amparo en el artículo 258 del Texto Refundido de la Legislación Urbanística de Aragón (TRLUA). Ante la inactividad del propietario en el cumplimiento de sus deberes urbanísticos de conservación, el consistorio optó por activar el procedimiento expropiatorio de urgencia para proceder al derribo subsidiario del edificio.

Datos del inmueble y titulares afectados

El bien expropiado tiene las siguientes características registrales y catastrales:

  • Inmueble: Urbano, en Calle Mayor nº 7 de Bañón (Teruel).
  • Referencia catastral: 2727216XL5222N0001JI.
  • Datos registrales: Finca de Bañón nº 3185, CRU 44004001573666, Tomo 1.391, Libro 17, Folio 207 del Registro de la Propiedad de Calamocha.
  • Superficie: 87 m² de solar y 200 m² construidos.
  • Titular registral (100% pleno dominio): MEDITERRANEO BRUT SL (NIF B54441985).
  • Titulares catastrales / interesados: Ana Bartomeu Segui y María Francisca Bartomeu Segui.

Valoración y justiprecio

El justiprecio fijado para la expropiación es de 0,00 €, cifra resultante de aplicar la minoración por costes de derribo subsidiario. Es decir, el valor de mercado del inmueble queda íntegramente compensado por los gastos que asumirá el ayuntamiento para el derribo de la estructura en ruina.

Información pública y plazo de alegaciones

En cumplimiento del artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa (de 16 de diciembre de 1954) y del artículo 17 del Reglamento de dicha Ley (aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957), se abre un plazo de quince días de información pública. Durante ese período, los interesados podrán:

  • Examinar el expediente en las dependencias municipales del Ayuntamiento de Bañón.
  • Presentar datos que permitan la rectificación de errores en la relación de propietarios afectados.
  • Formular alegaciones sobre la procedencia de la ocupación o disposición del bien.
  • Consultar el expediente en la sede electrónica del ayuntamiento: https://banon.sedelectronica.es.

El anuncio, datado en Bañón a 12 de agosto de 2026, está firmado por el Alcalde, José Ángel Sancho Marco, y se publica como notificación sustitutoria a los interesados en caso de que no pueda efectuarse la notificación personal del otorgamiento del trámite de audiencia.

Relevancia de la resolución

Este caso ilustra la herramienta legal que la normativa de expropiación forzosa pone a disposición de los municipios para actuar frente a inmuebles en estado de ruina cuyos propietarios incumplen deliberadamente sus obligaciones de conservación. La expropiación con justiprecio cero, amortizado por el coste del derribo, protege a la comunidad sin transférer al erario público la carga económica de un propietario negligente. En un municipio pequeño como Bañón, con apenas un puñado de habitantes, la inacción frente a un edificio en ruina puede suponer un riesgo real para vecinos y viandantes, lo que convierte este tipo de medidas en una necesidad urgente de protección del interés general.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, Nº 156, 18 de agosto de 2026, pág. 63 (referencia oficial: Núm. 2026-2461).