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Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 10 Sep 2026 · 4 vistas

Ayudas de 500.000 euros para vehículos de protección civil municipal

Por FactBox Admin

Ayudas de 500.000 euros para vehículos de protección civil municipal

La Comunidad de Madrid ha convocado para el año 2026 subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a que los municipios madrileños adquieran vehículos para sus agrupaciones de voluntarios de protección civil. La convocatoria se publica mediante el extracto de la Orden 3013/2026, de 31 de agosto, del Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 216, de 10 de septiembre de 2026.

La medida, identificada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el código BDNS 927248, busca reforzar la capacidad de respuesta de los municipios ante emergencias locales dotándoles de medios materiales de movilidad.

Objeto y beneficiarios

La subvención se dirige a los municipios de la Comunidad de Madrid, con exclusión del municipio de Madrid, que cumplan los requisitos de la Orden 2823/2026, de 17 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de estas ayudas. El objeto es la adquisición de vehículos destinados a las agrupaciones municipales de voluntarios de protección civil.

  • Podrán solicitar la ayuda los ayuntamientos que ya tengan el plan territorial municipal de protección civil informado favorablemente por la Comisión de Protección Civil y aprobado por el órgano municipal competente.
  • Las solicitudes se cumplimentarán en el modelo normalizado disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.

Dotación presupuestaria

Las ayudas se financiarán con cargo al presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid, dentro del Programa 134B, Protección Civil Madrid 112, imputándose el gasto al subconcepto 76309 para vehículos.

  • El crédito total máximo asciende a 500.000,00 euros.
  • La ayuda máxima es de 31.250 euros por vehículo y municipio.
  • La concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid en el momento de la resolución.

Plazo y forma de pago

Los ayuntamientos dispondrán de un plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid para presentar la solicitud y la documentación exigida, que se realizará electrónicamente a través del Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid.

El pago de la subvención concedida se realizará una vez dictado el acuerdo de concesión, como pago anticipado, sin necesidad de exigir la presentación de garantía alguna, de conformidad con el artículo 14 de la Orden 2823/2026 y el artículo 10 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo.

La orden está firmada por el Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, Carlos Novillo Piris, y, por delegación, por el Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, Pedro Antonio Ruiz Escobar.

Impacto para los municipios

Esta convocatoria supone un impulso directo a la protección civil local, al permitir que los municipios madrileños renueven o amplíen su flota de vehículos de emergencia sin asumir en solitario el coste íntegro de la inversión. La financiación de hasta 31.250 euros por vehículo facilita que las agrupaciones de voluntarios dispongan de medios adecuados para responder con mayor rapidez y eficacia ante emergencias en sus territorios.


Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 216, 10 de septiembre de 2026, sección I.C (Otras Disposiciones), pág. 34 (referencia oficial: Orden 3013/2026, BDNS 927248).

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-09-10