Diario Oficial de Galicia · 07 Sep 2026 · 2 vistas
Ayudas de 200.000 euros para la formación del profesorado no universitario
Por FactBox Admin

La Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional publicó en el Diario Oficial de Galicia (DOG núm. 169, del 7 de septiembre de 2026) la Orden del 2 de septiembre de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca para el año 2026 el procedimiento de ayudas para financiar los gastos de asistencia a actividades de formación del profesorado no universitario (código de procedimiento ED303A). La convocatoria dispone de un presupuesto máximo de 200.000 euros.
Las ayudas, que se tramitan en régimen de concurrencia competitiva, financian la participación como asistente en actividades de formación que se desarrollen en Galicia, en el resto del territorio español o en el extranjero entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026. La orden deriva del acuerdo firmado el 11 de octubre de 2023 entre la consellería y las organizaciones sindicales, al que se incorporó CSIF el 9 de diciembre de 2025, sobre medidas que mejoran el funcionamiento del sistema educativo y las condiciones laborales del personal docente.
Cuantías por destino
Las ayudas cubren hasta el 100 % de los gastos de matrícula o inscripción, desplazamiento, alojamiento y manutención, con límites máximos según el lugar de realización de la actividad:
- Tipo I, actividades en Galicia: hasta 400 euros.
- Tipo II, actividades en el resto del territorio español: hasta 800 euros.
- Tipo III, actividades en el extranjero: hasta 1.500 euros.
El importe inicial puede ser ampliado en función de las disponibilidades presupuestarias, sin que ello dé lugar a la apertura de un nuevo plazo de solicitud.
Quién puede solicitar
Puede ser beneficiario el personal docente en servicio activo con destino en Galicia en centros docentes públicos que ejerza docencia directa con el alumnado, así como los equipos de orientación específicos, los puestos de asesoría de la estructura administrativa de la consellería, la Inspección educativa, los liberados sindicales y el personal en plazas sometidas a convenio. También pueden solicitarlo el personal funcionario en prácticas, el interino y el sustituto, en este último caso siempre que al menos el 85 % de la actividad subvencionable se desarrolle durante el período de su nombramiento.
Las actividades subvencionables deben estar relacionadas con ámbitos prioritarios como la igualdad, la convivencia e inclusión, la salud y bienestar, las tecnologías de la información, el ámbito STEM, el plurilingüismo o el ámbito artístico. Quedan excluidas las actividades organizadas por las estructuras de formación de la consellería, las de carácter reglado y las que no puedan ser objeto de reconocimiento individual.
Cómo y cuándo presentar la solicitud
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, dirigidas a la Dirección General de Centros y Recursos Humanos. El plazo es de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el DOG, es decir, hasta el 7 de octubre de 2026.
Podrá presentarse una solicitud para hasta tres actividades de formación distintas, indicando el orden de preferencia; las no preferentes solo se tramitarán si existe remanente presupuestario. La convocatoria figura en la Base de datos nacional de subvenciones con el identificador BDNS 927777, y el extracto fue firmado por Manuel Vila López, secretario general técnico de la consellería, por delegación.
Fuente: Diario Oficial de Galicia, núm. 169, 7 de septiembre de 2026, sección III (Otras disposiciones), págs. 48130 y 48156 (referencia oficial: CVE-DOG s4cxiep0-igi1-lud4-oqe1-crfouamvxgx6 e y69dzlm5-3vl0-anr1-ejg4-ovmmy985v6z4).