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Diario Oficial de Castilla-La Mancha · 01 Oct 2026 · 26 vistas

Autorizado el centro de seccionamiento y acometida del Nipace en Guadalajara

Por FactBox Admin

Autorizado el centro de seccionamiento y acometida del Nipace en Guadalajara

La Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Guadalajara ha otorgado a la Fundación Nipace la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de centro de seccionamiento exterior y acometida para el Centro Europeo de Rehabilitación Neurológica Nipace, en el término municipal de Guadalajara. La decisión se formaliza en la resolución de 23 de septiembre de 2026, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) núm. 189, de 1 de octubre de 2026, con la referencia oficial 2026/6955 y número de expediente 2026DIST-CES002.

El órgano que resuelve y el marco normativo

La resolución corresponde a la Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible en Guadalajara, competente conforme al artículo 5 del Decreto 80/2007, de 19 de junio, que regula los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica tramitados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Decreto 112/2023, de 25 de julio, atribuye a la Dirección General de Transición Energética las competencias autonómicas en materia de energía.

La autorización se ampara en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre; el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo (Reglamento de alta tensión y sus ITC-RAT); y el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero (Reglamento de líneas de alta tensión y sus ITC-LAT).

El procedimiento arrancó con la solicitud registrada el 10 de marzo de 2026 (número de registro 887319), presentada por la Fundación Nipace (NIF G-19220524) a través de su representante, la empresa instaladora Cymel, S.L. El proyecto técnico lo suscribe el ingeniero Diego Chouza Montero, colegiado n.º 2955 del I.C.O.I.I.G., con visado n.º 20260489, de 3 de marzo de 2026.

Características técnicas de la instalación

La resolución detalla las características básicas del proyecto autorizado:

  • Titular: Fundación Nipace (NIF G-19220524), Avenida de la Salinera n.º 2, 19005 Guadalajara.
  • Emplazamiento: término municipal de Guadalajara, referencia catastral 7395007VK8979N0001AH; ubicación UTM ETRS89 X: 486.890 · Y: 4.499.070.
  • Línea: subterránea, 20 kV, aproximadamente 5 metros en traza (apertura de bucle, entrada y salida) en suelo urbano, con conductor de aislamiento seco tipo HEPRZ1 12/20 kV.
  • Acometida: desde la red de media tensión de i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., instalación existente n.º 19240201175.
  • Centro de seccionamiento: interior, con celdas de media tensión de 24 kV con corte y aislamiento en SF6 (fabricante Ormazabal, homologación i-DE, referencia 5042246, configuración 2L1P).
  • Finalidad: suministro en media tensión al Centro Europeo de Rehabilitación Neurológica Nipace a través de centro de transformación de abonado.

Licencia municipal, tramitación y condición sobre gases fluorados

El expediente no se sometió a información pública, al amparo del artículo 13.3.a) del Decreto 80/2007, por tratarse de una nueva acometida de tensión nominal igual o inferior a 30 kV con línea subterránea en suelo urbano de longitud inferior a 150 metros. Como única administración afectada se identificó el Ayuntamiento de Guadalajara, que aportó la licencia de obra mayor concedida por la Junta de Gobierno Local el 13 de mayo de 2025.

Tras un requerimiento de subsanación de 18 de agosto de 2026 (registro de salida 925561), el titular presentó la documentación complementaria el 27 de agosto de 2026 (registros 3486873, 3486894 y 3486955), que incluye la declaración responsable del artículo 53 de la Ley 24/2013 y los planos de puesta a tierra y del centro de seccionamiento.

La resolución incorpora una condición particular sobre gases fluorados de efecto invernadero: no se extenderá acta de puesta en servicio de la aparamenta de hasta 24 kV que emplee SF6 mientras esté en vigor la prohibición del artículo 13.9.a) del Reglamento (UE) 2024/573. El titular se acoge a la excepción por ausencia de oferta de aparamenta libre de gases fluorados homologada, y deberá acreditarlo antes de la puesta en servicio. El plazo de ejecución del proyecto es de dos años desde la resolución, ampliable previa solicitud motivada. Contra la resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Sostenible en el plazo de un mes. El documento lo firma el delegado provincial, Rubén García Ortega.

La autorización despeja el último trámite eléctrico para el futuro Centro Europeo de Rehabilitación Neurológica Nipace, un equipamiento sanitario y social de referencia en Guadalajara, al garantizar el suministro en media tensión de sus instalaciones.


Fuente: Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), núm. 189, de 1 de octubre de 2026, sección III, págs. 33610-33613 (referencia oficial: 2026/6955).