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BOP de Las Palmas · 26 Oct 2026 · 7 vistas

Autorizada la línea Santa Águeda–El Tablero 2 con ocupación de fincas

Por FactBox Admin

Autorizada la línea Santa Águeda–El Tablero 2 con ocupación de fincas

La Dirección General de Energía del Gobierno de Canarias ha concedido la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la línea aérea-subterránea de transporte de energía eléctrica a 66 kV, simple circuito, Santa Águeda - El Tablero 2, promovida por Red Eléctrica de España, S.A.U. en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana. La resolución, firmada el 20 de octubre de 2026 por el director general Alberto Hernández Suárez, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 128, de 26 de octubre de 2026 (anuncio 3.410, registro 379718, expediente AT23/015). La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados y la imposición de las servidumbres legales correspondientes.

Un trazado de 10,3 kilómetros entre dos subestaciones

El proyecto conecta la subestación Santa Águeda con la subestación El Tablero, ambas en el municipio sureño, mediante una línea de 10,304 kilómetros de longitud total. Red Eléctrica presentó la solicitud el 14 de noviembre de 2023, con el número de visado GC112688/00 del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias Oriental, de fecha 6 de noviembre de 2023.

Características principales de la instalación autorizada:

  • Longitud total: 10,304 km, de los cuales 5,233 km son tramo aéreo y 5,071 km subterráneo.
  • Tramo aéreo: conductor tipo AL/AW HAWK y 17 apoyos metálicos, del T-1 al T-17, con transición aéreo-subterránea en los extremos.
  • Tramo subterráneo: dos sectores, uno de 167 metros desde la subestación de Santa Águeda hasta el apoyo T-1 y otro de 4.904 metros desde el T-17 hasta El Tablero, con paso bajo la autovía GC-1 y recorrido por las calles Mar de Azor, Chile y Cartago, entre otras.
  • Presupuesto del proyecto: 4.639.283 euros.

El expediente se sometió a información pública durante treinta días mediante anuncios en el BOE número 310, de 28 de diciembre de 2023; el BOP número 157, de 29 de diciembre de 2023; el BOC número 5, de 8 de enero de 2024; el diario Canarias7 de 12 de enero de 2024, el tablón del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana y la sede electrónica de la Consejería.

Titulares sí, soterramiento no

El Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana certificó que no constaban alegaciones en su registro, pero la Administración autonómica recibió cinco escritos de propietarios y empresas afectadas, además de una reiteración posterior presentada el 15 de marzo de 2024:

  • Elmasa Tecnologías del Agua, S.A.U. e Invercasti Alfa, S.L., por posibles afecciones a infraestructuras hidráulicas.
  • Herederos de Alejandro del Castillo Bravo de Laguna y Propiedades Mejoradas, S.L.
  • Pedro Fernando del Castillo Bravo de Laguna, Elmasa Patrimonial, S.A., Invercasti Alfa, S.L., Inversiones San Felipe, S.L. e Inversiones Santa Águeda, S.L.
  • Grupo Inmobiliario Tinojai, S.L., Grupo Tinojai, S.L. y Santa Águeda Sun Golf, S.L.
  • Hijos de Francisco López Sánchez, S.A.

La resolución estima únicamente las rectificaciones de titularidad y de superficies, que se incorporan al anexo de bienes y derechos afectados, y desestima el resto de pretensiones, incluidas las que pedían sustituir el tramo aéreo por una solución soterrada. El argumento es que la instalación figura en la planificación vinculante de la red de transporte y que las alternativas subterráneas presentan condicionantes técnicos, de operación, mantenimiento y ambientales. Las discrepancias dominicales y las indemnizaciones se resolverán en el procedimiento expropiatorio.

Luz verde ambiental y urbanística

El proyecto cuenta con Informe de Impacto Ambiental favorable, formulado por Resolución número 232/2026, de 1 de abril de 2026, de la Dirección General de Calidad Ambiental (expediente 2/2024-0103120031), que concluye que no tendrá efectos significativos sobre el medio ambiente. Entre las medidas adicionales figuran la instalación de salvapájaros de triple aspa catadióptrico y un seguimiento de colisiones quincenal durante los dos primeros años y mensual después, con posibilidad de soterrar tramos conflictivos como última medida si se detecta siniestralidad de especies protegidas.

En paralelo, el Consejero de Transición Ecológica y Energía declaró el interés general de las obras mediante la Orden número 221/2026, de 11 de junio de 2026, y el Consejo de Gobierno de Canarias aprobó el Decreto 143/2026, de 4 de septiembre de 2026, que acuerda la ejecución del proyecto y ordena modificar el planeamiento urbanístico afectado. El informe municipal de 26 de enero de 2026 dio conformidad al trazado aéreo con el PGOU'96, pero se mostró desfavorable al subterráneo por su paso por suelo urbano y urbanizable.

Plazos y condiciones

La autorización fija un plazo máximo de 24 meses, desde la notificación, para presentar la solicitud de puesta en servicio. Las obras deberán ejecutarse por empresas instaladoras de alta tensión, con las garantías previas frente a daños a terceros y cumpliendo los condicionados ambientales. Contra la resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada en el plazo de un mes.

La línea refuerza la red de transporte del sur de Gran Canaria y, según la propia resolución, mejora la seguridad y fiabilidad del suministro y facilita la integración de nueva generación renovable. Para los propietarios de las fincas afectadas, en cambio, la publicación cierra la vía administrativa de oposición al trazado y abre la puerta a la ocupación urgente de los terrenos y a la negociación de las indemnizaciones.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, nº 128, 26 de octubre de 2026, sección II (Administración de la Comunidad Autónoma), págs. 18314-18340 (referencia oficial: anuncio 3.410, registro 379718, expediente AT23/015).