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Boletín Oficial del Principado de Asturias · 25 Sep 2026 · 10 vistas

Asturias somete a consulta pública el reglamento de guías de turismo

Por FactBox Admin

Asturias somete a consulta pública el reglamento de guías de turismo

La Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo del Principado de Asturias ha sometido a información pública el proyecto de decreto por el que se aprobará el reglamento regulador de la profesión de guía de turismo en la comunidad. La decisión se formaliza en la Resolución de 24 de septiembre de 2026, firmada por la consejera Gimena Llamedo González, y se publica en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) número 186, de 25 de septiembre de 2026, con la referencia Cód. 2026-07862. El texto queda expuesto durante veinte días hábiles para que cuantas entidades y particulares lo deseen puedan formular alegaciones.

El procedimiento arrancó el 16 de septiembre de 2026, cuando una resolución de la propia consejera inició la elaboración del decreto. La iniciativa se enmarca en las competencias de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo en materia turística, atribuidas por el Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma.

El trámite se ampara en el artículo 33.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración, que permite someter un proyecto normativo a información pública cuando lo establezca una norma específica o sectorial o cuando el titular de la Consejería competente lo considere conveniente por la naturaleza de la disposición. La misma consejería abrió el 10 de septiembre un trámite idéntico para el proyecto de decreto que regulará los apartamentos turísticos, publicado en el BOPA número 179, de 16 de septiembre de 2026, con referencia Cód. 2026-07544.

Un trámite abierto a entidades y particulares

  • Plazo: veinte días hábiles desde la publicación de la resolución.
  • Destinatarios: cuantas entidades y particulares deseen formular alegaciones.
  • Texto disponible: apartado de Iniciativas del portal asturiasparticipa.asturias.es, de la Administración del Principado de Asturias.

La resolución no acompaña el texto articulado del futuro reglamento, que deberá consultarse en el citado portal de participación. El objeto declarado de la norma es la regulación de la profesión de guía de turismo en el Principado de Asturias.

Cómo y dónde presentar las alegaciones

  • Dirigidas a la Ilma. Sra. Consejera de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, con código DIR3 A03028308.
  • Presencialmente en la Oficina Central de asistencia en materia de registros de la Administración del Principado de Asturias, en el Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, calle Antonio Suárez Gutiérrez, n.º 2, de Oviedo.
  • Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Con el modelo normalizado de la ficha de servicio DECO0065T01 —Solicitud genérica—, publicada en sede.asturias.es.

Marco normativo y antecedentes

La resolución se dicta tras analizar la documentación obrante en el expediente y consta de un apartado de antecedentes de hecho, otro de fundamentos de derecho y la parte resolutiva, estructurada en dos puntos: la apertura del trámite de información pública y las condiciones de presentación de las alegaciones. El acto se firma en Oviedo el 24 de septiembre de 2026.

La norma en tramitación se suma a otras iniciativas normativas del sector turístico impulsadas por el mismo departamento en las últimas semanas, entre ellas la relativa a los apartamentos turísticos, cuyo periodo de alegaciones se abrió el 16 de septiembre.

El futuro reglamento afecta directamente a los profesionales que ejercen la actividad de guía de turismo en Asturias y al conjunto del sector turístico regional, que dispondrá de un marco específico para el ejercicio de esta profesión. La apertura del trámite permite a asociaciones profesionales, empresas y ciudadanos a título individual influir en el contenido final del texto antes de su aprobación por el Consejo de Gobierno.


Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), núm. 186, de 25 de septiembre de 2026, sección I. Principado de Asturias — Otras Disposiciones, pág. 1 (referencia oficial: Cód. 2026-07862).