FactBox.

Boletín Oficial del Principado de Asturias · 26 Oct 2026 · 2 vistas

Asturias reorganiza tras veinte años el Instituto de Prevención de Riesgos Laborales

Por FactBox Admin

Asturias reorganiza tras veinte años el Instituto de Prevención de Riesgos Laborales

El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias aprobó el Decreto 74/2026, de 13 de octubre, que establece la nueva estructura orgánica básica del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales (IAPRL), la primera reorganización del organismo autónomo en dos décadas. La norma se publica en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) número 207, de 26 de octubre de 2026, en la sección I de Disposiciones Generales, y entra en vigor el mismo día de su publicación.

El texto sustituye al Decreto 71/2005, de 30 de junio, que desarrollaba la estructura del organismo desde hacía veinte años y que había sido modificado por el Decreto 32/2006. El IAPRL es, según el artículo 2 de la Ley del Principado de Asturias 4/2004, de 30 de noviembre, un organismo autónomo con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar.

El decreto responde a un acuerdo de la Junta Rectora del Instituto que, a propuesta de la Dirección del organismo, en sesión de 11 de noviembre de 2025, formuló la propuesta de nueva estructura. El Consejo de Gobierno la aprobó en su reunión de 13 de octubre de 2026, a propuesta del Consejero de Ciencia, Industria y Empleo. El texto está firmado en Oviedo por el Presidente del Principado de Asturias, Adrián Barbón Rodríguez, y por el consejero Borja Sánchez García.

Cuatro servicios y ocho secciones

Bajo la dependencia del titular de la Dirección, el Instituto se organiza en cuatro órganos administrativos, cada uno con sus unidades de nivel de sección:

  • Secretaría General: Sección de Administración y Personal y Sección de Planes y Ayudas.
  • Servicio de Riesgos Laborales: Sección de Seguridad en el Trabajo, Sección de Higiene Industrial y Sección de Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
  • Servicio de Salud Laboral y Organizaciones Preventivas: Sección de Medicina del Trabajo y Sección de Organizaciones Preventivas.
  • Servicio de Formación, Información y Divulgación: Sección de Formación y Divulgación y Observatorio de Condiciones de Trabajo del Principado de Asturias.

La Secretaría General asume la dirección de los servicios comunes, la gestión de recursos humanos, el anteproyecto de presupuesto, la contratación administrativa y las subvenciones, además del seguimiento del Plan de Salud, Seguridad y Medio Ambiente Laboral.

Cáncer laboral, amianto y registro de delegados

El Servicio de Salud Laboral y Organizaciones Preventivas recibe competencias explícitas en materia sanitaria. Deberá estudiar las sospechas de cáncer laboral para evitar la infradeclaración de enfermedades profesionales, en coordinación con la autoridad sanitaria del Principado, y ejecutar las actuaciones de vigilancia de la salud de las personas trabajadoras con riesgo de exposición al amianto.

También asumirá la gestión del Registro de Delegadas y Delegados de Prevención de Riesgos Laborales de la comunidad autónoma, la emisión de informes preceptivos sobre la acreditación de servicios de prevención ajenos y entidades auditoras, y el impulso de la perspectiva de género y de programas dirigidos a la población trabajadora mayor.

El Servicio de Formación, Información y Divulgación concentra la formación, la divulgación, la seguridad laboral vial, los programas en el ámbito educativo y el análisis de la siniestralidad laboral en Asturias.

Personal y empresas: continuidad hasta la nueva relación de puestos

La disposición transitoria única establece que las unidades y puestos con nivel orgánico inferior a servicio continuarán subsistentes y mantendrán su denominación, estructura y funciones, retribuidos con cargo a los mismos créditos presupuestarios, hasta que se apruebe el instrumento de ordenación de recursos adaptado a la nueva estructura. Su adscripción provisional se realizará mediante resolución de la consejería competente en empleo público, hasta la aprobación de la nueva relación de puestos de trabajo.

La disposición adicional primera aclara que las referencias del ordenamiento jurídico a los órganos suprimidos se entenderán realizadas a aquellos que asuman sus competencias. El preámbulo subraya que la norma no impone cargas administrativas y afecta exclusivamente a la organización interna del Instituto.

El cambio tiene efecto inmediato para empresas, servicios de prevención ajenos, entidades auditoras y delegados de prevención, que a partir de ahora se relacionarán con una estructura distinta de servicios y secciones. La reorganización llega sin modificar las funciones y objetivos históricos del organismo, pero reordena sus recursos para adaptarlo a los cambios sociales y económicos de Asturias.


Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias, núm. 207, de 26 de octubre de 2026, sección I. Disposiciones Generales, págs. 1-4 (referencia oficial: 2026-08639).