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Boletín Oficial del Principado de Asturias · 09 Sep 2026 · 1 vistas

Asturias regula las ayudas a proyectos educativos en asturiano Llume

Por FactBox Admin

Asturias regula las ayudas a proyectos educativos en asturiano Llume

La Consejería de Educación del Principado de Asturias ha aprobado la Orden EDU de 10 de agosto de 2026, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) núm. 174 de 9 de septiembre de 2026 (referencia oficial 2026-07343), por la que se establece el procedimiento para el reconocimiento de proyectos educativos en asturiano “Llume” y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los centros docentes que los desarrollen. La norma, firmada por la consejera Eva Ledo Cabaleiro, entrará en vigor a los veinte días de su publicación.

El proyecto educativo “Llume” tiene como finalidad reconocer la excelencia de los centros docentes en la enseñanza, promoción y difusión de la lengua asturiana y del gallego-asturiano/eonaviego. La orden se enmarca en el mandato del Estatuto de Autonomía de Asturias y de la Ley 1/1998, de 23 de marzo, de uso y promoción del bable/asturiano, que garantiza su enseñanza en todos los niveles y grados con carácter voluntario.

Beneficiarios y requisitos

Podrán ser beneficiarios los centros de titularidad pública del Principado de Asturias y los centros de titularidad privada sostenidos con fondos públicos, de niveles no universitarios, que impartan el área o materia de Lengua Asturiana y Literatura (en asturiano o en gallego-asturiano/eonaviego). Entre los requisitos destacan:

  • No haber obtenido ayudas para el proyecto “Llume” en los cuatro años académicos anteriores.
  • Haber justificado las ayudas anteriores concedidas por la Administración del Principado.
  • En el caso de los centros privados, hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Procedimiento y valoración

La concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la valoración de los proyectos presentados. La comisión de valoración estará presidida por la persona titular de la dirección general competente en ordenación académica e integrada por al menos tres vocales del funcionariado de carrera con credencial de capacitación en bable/asturiano o eonaviego. Los proyectos se calificarán de 0 a 1.000 puntos atendiendo a la calidad del proyecto, el contexto del centro y sus antecedentes en iniciativas relacionadas.

El proyecto educativo deberá redactarse íntegramente en lengua asturiana o en gallego-asturiano/eonaviego, tener carácter original y orientarse a los objetivos de la convocatoria, incorporando elementos de inclusión educativa, sostenibilidad, enfoque competencial y coeducación.

Reconocimiento y abono

Los centros reconocidos recibirán una placa acreditativa y, si la disponibilidad presupuestaria lo permite, una ayuda económica cuya cuantía se fijará en cada convocatoria anual. El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses desde la publicación del extracto de la convocatoria, y el abono se realizará mediante transferencia en un pago único en un plazo estimado de tres meses.

La orden, que se adecúa a los principios de buena regulación y ha contado con informe favorable del Consejo Escolar del Principado de Asturias, supone un paso relevante para la promoción y conservación de la lengua asturiana y del eonaviego en el ámbito educativo, al reconocer públicamente el esfuerzo de los centros que impulsan su enseñanza y difusión.


Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias, núm. 174 de 9 de septiembre de 2026, I. Principado de Asturias, Otras Disposiciones, pág. 1/6 (referencia oficial: 2026-07343).