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Boletín Oficial del Principado de Asturias · 26 Oct 2026 · 3 vistas

Asturias concede 9.538 euros en ayudas MOVES III a tres beneficiarios

Por FactBox Admin

Asturias concede 9.538 euros en ayudas MOVES III a tres beneficiarios

La Consejería de Ciencia, Industria y Empleo del Principado de Asturias ha resuelto la tercera concesión de subvenciones de la Línea 1 y la cuarta de la Línea 2 del Programa MOVES III para el año 2025, con un importe total de 9.538,23 euros. La decisión, firmada por el consejero Borja Sánchez García el 16 de octubre de 2026, se publica en el BOPA núm. 207, de 26 de octubre de 2026, con la referencia oficial 2026-08633.

El marco: fondos europeos para la movilidad eléctrica

Las ayudas se enmarcan en el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, que regula el programa de incentivos a la movilidad eléctrica y articula la concesión directa de fondos a las comunidades autónomas dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y de los fondos NextGenerationEU. La convocatoria autonómica se abrió mediante Resolución de 1 de julio de 2025, cuyo extracto se publicó en el BOPA de 9 de julio de 2025.

La norma estatal de referencia para esta anualidad es el Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, convalidado por el Congreso de los Diputados el 10 de abril de 2025, que otorgó carácter retroactivo al programa al admitir solicitudes presentadas desde el 1 de enero de 2025. Las bases se completan con el Reglamento (UE) 2023/2831 de mínimis y el Reglamento (UE) 651/2014 de exenciones por categorías.

Según el texto publicado, esta resolución tiene por objeto resolver solicitudes que, por diversas incidencias administrativas, no fueron atendidas en las concesiones precedentes. El reparto se realiza en régimen de concurrencia simple y por riguroso orden de entrada, conforme al artículo 16.4 del Real Decreto 266/2021.

7.000 euros para un vehículo y 2.538,23 para dos puntos de recarga

El gasto se imputa a la aplicación presupuestaria 1407.731A.786.042, con cargo a dos códigos de proyecto y anualidad 2026:

  • 2025/00651 MOVES III 2025_Vehículos: 7.000,00 euros.
  • 2025/00652 MOVES III 2025_Puntos de recarga: 2.538,23 euros.
  • Total: 9.538,23 euros.

En la Línea 1, de adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible, la única ayuda concedida asciende a 7.000 euros:

  • Inés Alonso Pico, expediente AYUD/2025/38905, solicitud de 23 de enero de 2025, un vehículo y sin fórmula de renting.

En la Línea 2, de implantación de infraestructura de recarga, se subvencionan dos actuaciones de un punto cada una:

  • Alejandro Fernández Martínez, expediente AYUD/2026/96630, municipio de Siero, coste subvencionable de 1.850,00 euros y ayuda de 1.295,00 euros.
  • Beatriz Concha Allende, expediente AYUD/2025/42126, municipio de Llanes, coste subvencionable de 1.776,04 euros y ayuda de 1.243,23 euros.

Una solicitud denegada y plazo de justificación hasta diciembre

El anexo III recoge la única solicitud no concedida: la de Manuel Ángel Coronado Silva, expediente AYUD/2026/93689, presentada el 29 de diciembre de 2025. El motivo alegado es el incumplimiento de las bases de la convocatoria.

Los beneficiarios deberán justificar las actuaciones antes del 31 de diciembre de 2026, mediante los formularios electrónicos de los procedimientos AYUD0323T07 y AYUD0323T08 de la sede electrónica del Principado. El pago se efectuará en un único abono una vez acreditada la realización de la actividad y el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

La resolución advierte además de que las ayudas tributan y obliga a difundir su origen europeo conforme al Manual de Imagen del IDAE. Contra el acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el plazo de dos meses, o bien reposición potestativa en un mes.

Impacto para los solicitantes

La resolución cierra prácticamente el reparto de la convocatoria de 2025 en Asturias y confirma que el programa sigue resolviendo expedientes pendientes por incidencias administrativas, no por falta de fondos. Para los beneficiarios, el calendario es ajustado: la justificación debe estar cerrada antes del 31 de diciembre de 2026 para cobrar el único pago previsto, y quienes no estén conformes disponen de dos meses desde la publicación para acudir a la vía judicial.


Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias, núm. 207 de 26 de octubre de 2026, sección I (Otras Disposiciones), págs. 5-7 (referencia oficial: 2026-08633).