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Boletín Oficial del Principado de Asturias · 04 Nov 2026 · 7 vistas

Asturias concede 7,46 millones en ayudas PAC a 4.512 ganaderos de vacuno

Por FactBox Admin

Asturias concede 7,46 millones en ayudas PAC a 4.512 ganaderos de vacuno

La Consejería de Medio Rural y Política Agraria del Principado de Asturias ha resuelto la concesión de la Ayuda asociada para los ganaderos extensivos de vacuno de carne de la campaña 2026, que alcanza a 4.512 beneficiarios por un importe total de 7.460.645,23 euros. La resolución, firmada el 20 de octubre de 2026 por la Directora General de Ganadería y Sanidad Agraria, se publica en el Boletín Oficial del Principado de Asturias núm. 213, de 4 de noviembre de 2026, con la referencia oficial Cód. 2026-08799.

Un anticipo del 75 % sobre 6.077 solicitudes

La convocatoria de partida es la Resolución de 9 de marzo de 2026 de la Consejería, que articuló las ayudas directas de la PAC correspondientes a la campaña 2026 y cuyo extracto se publicó en el BOPA núm. 51, de 16 de marzo de 2026. Entre los pagos directos convocados figura precisamente esta línea de apoyo al vacuno de carne extensivo.

Concluido el plazo de presentación, se registraron 6.077 solicitudes. Tras las actuaciones de instrucción, la Consejería determina que 4.512 solicitantes cumplen los requisitos del artículo 84 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, para percibir el pago del anticipo previsto en el artículo 118 de la misma norma, además de estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y la Hacienda autonómica.

El abono se fija en el 75 % del importe de la ayuda, el máximo habilitado por el Reglamento (UE) 2026/1768, de 14 de julio de 2026, que flexibilizó el pago de anticipos ante el encarecimiento de los fertilizantes derivado de la crisis de Oriente Próximo.

Importes unitarios y pagos efectivos

Los módulos aplicados proceden de la comunicación oficial de la presidenta del FEGA de 10 de septiembre de 2026:

  • 85,047940 euros por animal en la región España Peninsular.
  • 93,552734 euros por animal en la sublínea de raza autóctona.

La ordenación del pago se detalla en tres anexos:

  • Anexo I: 4.512 beneficiarios, con 7.460.645,23 euros reconocidos.
  • Anexo II: 4.495 beneficiarios que perciben efectivamente 7.433.584,21 euros.
  • Anexo III: 41 beneficiarios con retenciones preventivas por su condición de deudores de fondos FEAGA/FEADER.

El libramiento se imputa a la aplicación presupuestaria 19.02 712F-473.010, con código de proyecto 2026/000304 y cargo a las partidas FEAGA habilitadas al efecto. El listado nominal, ordenado por número de expediente y documento fiscal, abarca desde el NIF/CIF 71876404R hasta el 71700136M y ocupa un centenar largo de páginas del boletín, con importes individuales que en los primeros registros oscilan entre los 255,14 y los 2.360,08 euros.

Plazos de recurso

El acto pone fin a la vía administrativa. Contra él cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación, o bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano, en el plazo de un mes, sin que puedan simultanearse ambas vías.

La resolución se publica en el BOPA a los efectos del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, que permite la notificación por medios oficiales cuando el número de interesados aconseja este cauce.

Impacto en el medio rural asturiano

La ayuda asociada al vacuno de carne es una de las líneas con mayor penetración territorial de la PAC en Asturias: los 7,46 millones movilizados en esta única resolución llegan a más de cuatro mil explotaciones, muchas de ellas en concejos de montaña donde la ganadería extensiva sostiene el empleo y el mantenimiento del paisaje. El anticipo, abonado antes del cierre del año, aporta liquidez a unas explotaciones que afrontan el invierno con costes de alimentación e insumos al alza.


Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias, núm. 213, de 4 de noviembre de 2026, sección I (Otras Disposiciones), pág. 1 (referencia oficial: Cód. 2026-08799).