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Boletín Oficial del Principado de Asturias · 07 Sep 2026 · 2 vistas

Asturias concede 634.700 euros en ayudas por nacimiento y adopción

Por FactBox Admin

La Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo del Principado de Asturias ha resuelto la concesión de las ayudas al fomento de la natalidad y la adopción para el ejercicio 2026, con un gasto total de 634.700 euros. La decisión se publica en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) número 173, de 7 de septiembre de 2026, mediante la Resolución de 24 de agosto de 2026 (referencia oficial 2026-07271).

La ayuda se dirige a familias con una renta de hasta 45.000 euros residentes en alguno de los concejos del Principado, con especial atención a los territorios en riesgo de despoblación. El abono se realizará en un pago único mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por cada beneficiario.

Marco normativo y antecedentes

La base de esta convocatoria es la Ley del Principado de Asturias 5/2025, de 31 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2026, cuya disposición adicional décima reconoce el derecho a la ayuda económica por nacimiento o adopción. La línea de subvenciones se enmarca en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026 de la Consejería, cuyo objeto es “fomentar la natalidad en especial en aquellos concejos en riesgo de despoblación”.

La convocatoria se aprobó por Resolución de 19 de marzo de 2026, y la comisión de valoración acordó el resultado de las solicitudes en su reunión de 5 de junio de 2026. El período de nacimiento o adopción subvencionable comprende del 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026.

Concesiones, denegaciones y desistimientos

La resolución, firmada por la consejera Gimena Llamedo González, dispone el gasto con cargo a la aplicación presupuestaria 11.06.126D.489.149 de los presupuestos autonómicos para 2026, un crédito de carácter ampliable. El documento se estructura en tres anexos:

  • Anexo I (concedidas): beneficiarios con importes individualizados que van de 1.200 a 4.400 euros, según el número de hijos y las circunstancias de cada familia.
  • Anexo II (denegadas): solicitudes rechazadas por incumplimiento de los requisitos de la convocatoria, conforme a la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común.
  • Anexo III (desistidas): solicitudes en las que los interesados no completaron la tramitación exigida.

Las personas beneficiarias acreditaron hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, no ser deudoras de la Hacienda del Principado y no incurrir en los supuestos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Transparencia y recursos

De acuerdo con la Ley 8/2018, de 14 de septiembre, de Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de Interés, el órgano concedente publicará las subvenciones otorgadas, con su importe, finalidad y beneficiarios, en el Portal de Transparencia del Principado de Asturias. Contra la resolución, que agota la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el plazo de dos meses, o recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes.

La medida refuerza la estrategia autonómica frente al reto demográfico, que atribuye a la Dirección General de Reto Demográfico la formulación de acciones para detener o revertir el despoblamiento territorial. Con esta resolución, el Principado materializa un apoyo económico directo a centenares de familias asturianas, priorizando los concejos más vulnerables a la pérdida de población, en un contexto en el que la natalidad se ha convertido en una de las prioridades de la política social y territorial de la comunidad.


Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias, núm. 173 de 7 de septiembre de 2026, I. Principado de Asturias, Otras Disposiciones, pág. 1/11 (referencia oficial: 2026-07271).