Boletín Oficial del Principado de Asturias · 20 Oct 2026 · 4 vistas
Asturias concede 1,5 millones a 42 federaciones deportivas para programas de 2026
Por FactBox Admin

El Principado de Asturias ha concedido subvenciones por un total de 1.499.999,75 euros a 42 federaciones deportivas del Principado para financiar sus programas durante el ejercicio 2026. Lo decide la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte mediante la Resolución de 14 de octubre de 2026, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) núm. 203, de 20 de octubre de 2026 (Cód. 2026-08504). El reparto figura en el anexo I de la resolución, con el detalle de expediente, federación, CIF y cuantía.
Concurrencia competitiva y respaldo presupuestario
Las ayudas se tramitan en régimen de concurrencia competitiva al amparo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de las bases reguladoras aprobadas por Resolución de 26 de mayo de 2017 de la entonces Consejería de Educación y Cultura. La convocatoria del ejercicio se aprobó por Resolución de 24 de marzo de 2026, y la evaluación de solicitudes correspondió al órgano colegiado designado por Resolución de 1 de septiembre de 2026, que se reunió el 29 de septiembre de 2026.
El gasto se imputa al concepto presupuestario 21.04.457A.482.036 de los Presupuestos Generales del Principado para 2026, con autorización del Consejo de Gobierno de 26 de febrero de 2026. La resolución constata que todas las solicitudes presentadas cumplían los requisitos, por lo que no se desestimó ninguna, y que las entidades beneficiarias acreditaron estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Las mayores cuantías y los deportes con menos peso
El anexo distribuye las ayudas entre disciplinas muy diversas, con importes que van de los 3.881,15 euros a los 72.771,72 euros:
- Baloncesto y Balonmano: 72.771,72 € cada una (expedientes AYUD/2026/55057 y AYUD/2026/55161).
- Atletismo y Voleibol: 65.979,70 € cada una (AYUD/2026/48864 y AYUD/2026/27374).
- Ajedrez, Ciclismo, Judo y D.A., Karate, Patinaje, Pentatlón Moderno y Surf: 50.455,06 € cada una.
- Bádminton, Béisbol y Sófbol, Gimnasia, Golf, Natación, Remo y Tenis: 43.663,03 € cada una.
- Deportes de Invierno, Deportes de Montaña, Escalada y Senderismo, Hockey, Pesca y Casting y Triatlón: 36.871,00 € cada una.
- Bolos, Fútbol, Hípica y Motociclismo: 30.078,98 € cada una.
- Luchas Olímpicas: 29.438,59 €; Halterofilia, Pádel y Rugby: 25.227,53 € cada una.
- Automovilismo, Billar, Petanca, Taekwondo, Tiro Olímpico y Vela: entre 18.037,68 y 18.435,50 €.
- Fútbol Americano, Tenis de Mesa y Tiro con Arco: 10.673,18 € cada una; Kickboxing: 7.762,31 €; Boxeo: 3.881,15 €.
Pagos, justificación y recurso
El abono se realizará, con carácter general, una vez acreditada la ejecución del programa y justificados los gastos. No obstante, las subvenciones que no superen los 6.010 euros se pagarán anticipadamente a la firma de la resolución, mientras que las de cuantía superior se abonarán tras acreditar la actividad. Los beneficiarios quedan exonerados de presentar garantía, salvo la acreditación de estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social, exigencia de la que se exime a quienes reciban 3.005 euros o menos.
El plazo para justificar ante la Dirección General de Actividad Física y Deporte concluye el 3 de noviembre de 2026. La resolución, firmada por la consejera Ana Vanessa Gutiérrez González, pone fin a la vía administrativa y admite recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el plazo de dos meses, sin perjuicio del potestativo recurso de reposición.
El reparto llega a 42 federaciones y cubre desde deportes mayoritarios hasta disciplinas minoritarias, de modo que condiciona la planificación de competiciones, tecnificación y actividad ordinaria de los clubes y deportistas federados asturianos durante todo el ejercicio.
Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias, núm. 203 de 20 de octubre de 2026, sección I (Otras Disposiciones), págs. 1-4 (referencia oficial: Cód. 2026-08504).